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Revista ECA Sinergia. Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas. U.T.M. Año 5 Vol. 5. Portoviejo–Manabí-Ecuador
INTRODUCCIÓN
Partiendo de la legislación ecuatoriana en la que se establece que toda persona tendrá
derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su
salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar (Asamblea Constituyente, 2008, Art.
326), asimismo, el Seguro General de Riesgos del Trabajo protege al afiliado y al
empleador mediante programas de prevención de los riesgos derivados del trabajo, y
acciones de reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, incluida la rehabilitación física, mental y la reinserción laboral (IESS,
2010, Art. 155) se determina la existencia de un marco legal orientado a precautelar la
seguridad y salud del trabajador.
Real (2011), hace referencia al efecto negativo que se genera cuando la organización
no aplica dicha normativa laboral, sea desconocimiento o inobservancia, se afecta tanto
a los indicadores económicos y productivos de la organización como a la integridad y
salud de sus trabajadores. Tampoco las empresas visualizan los beneficios derivados de
la aplicación de programas de mejoras ergonómicas, situación que se vincula a las
estadísticas del 2008 al 2011 que mantiene la Dirección del Seguro General de Riesgos
del Trabajo del IESS (2011) en cuanto a accidentes o lesiones sufridas por trabajadores
ecuatorianos, sucedieron 25.743 accidentes calificados, de los cuales el 65.16% se
presentaron dentro del lugar de labores, ahonda la problemática existente en torno al
objeto de estudio.
A nivel local y latinoamericano, no se evidencian herramientas (procedimientos) que
valoraren el impacto económico y social de los programas de intervención ergonómica,
permitiendo así a instituciones y trabajadores detectar el incremento o decremento de la
rentabilidad que se produce en ausencia de riesgos y enfermedades laborales. En gran
parte, la ausencia de análisis de factibilidad económica de estos programas en el área de
la seguridad, salud y bienestar, se debe a lo intangible de los beneficios reportados, que
básicamente se manifiestan en la disminución o eliminación de dolencias,
enfermedades, accidentes y todo una gama de patologías, que al no estar cuantificadas
económicamente, no se pueden traducir en términos monetarios ni determinar el ahorro
de las partes (trabajador y empleador) al no incurrir en gastos médicos.
En las Unidades de Docencia, Investigación y Vinculación (UDIV) de la Escuela
Superior Politécnica Agropecuaria de Manabí Manuel Félix López, laboran
trabajadores, quienes realizan desde gestiones administrativas, tareas de campo hasta
análisis en los laboratorios, escenario sobre el cual, la aplicación de una metodología
para valorar el impacto económico y social de los programas de intervención
ergonómica facilite la identificación y empleo de controles administrativos para la toma
de decisiones eficaces y oportunas en beneficio de los trabajadores y la organización.
Para tal efecto (cuadro 1), se consideró la normativa nacional: Constitución del Ecuador,
Decreto Ejecutivo 2393, Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y
Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo, Resolución 333 del IESS, Plan Nacional
del Buen Vivir, la Nueva Matriz Productiva del Ecuador 2013. En lo internacional, el
marco legal lo constituyó el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo y
las directrices de Organización Internacional del Trabajo (OIT).