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ReHuSo: Revista de Ciencias Humanísticas y Sociales
e-ISSN 2550-6587
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Vol. 6 Núm. 2 (141-154): Mayo - Agosto 2021
rehuso@utm.edu.ec
Universidad Técnica de Manabí
DOI:
tendría varios motivos, dentro de los cuales estaría la posibilidad de cesar al trabajador con la
simple disposición del empleador, entiéndase, cada vez que concluya el plazo, el que por cierto
fácticamente es establecido por el empleador unilateralmente.
Pese a que existen diferentes dispositivos legales que sancionan el fraude o la simulación en la
contratación temporal, en la práctica debido a la insuficiente capacidad logística para fiscalizar
no son suficientes. Esta situación, además de lo expuesto, puede generar una serie de
inconvenientes como la transgresión al principio de igualdad tanto salarial como aquellas
vinculadas a ascensos, ejercicios de derechos colectivos, etc.
Esto tiene como consecuencia la necesidad de una reforma normativa a todo nivel, genere la
existencia de norma materiales coherentes con el Derecho del trabajo y, en especial con los
principios que lo inspiran, de manera que se establezca una simetría con la Constitución Política
del Perú (1993), que en su capítulo laboral pregona que:
El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante
políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo, y, sobre todo, que
ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni
desconocer o rebajar la dignidad del trabajador. (p.5)
Por esa razón, más allá de que la neuralgia del presente estudio sea el análisis y el estudio de
los principios de continuidad y causalidad, un aspecto fundamental es la propuesta de reforma
legislativa del Capítulo II de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (1997).
Para efectos de lograr el cometido indicado en el párrafo anterior, se hizo necesario revisar no
solo los aportes doctrinarios sobre el particular, sino también la jurisprudencia emitida a lo
largo de estos últimos años, así como algunos instrumentos utilizados para fiscalización
laboral; del mismo modo, revisar la legislación comparada y ver en qué medida esta puede
servir de parangón a la luz de los mencionados principios. Todo con la finalidad de identificar
y proponer una solución a las consecuencias que ha generado la contratación laboral a plazo
fijo en el ejercicio del derecho a la libertad sindical en el Perú.
Metodología (Materiales y métodos)
La presente investigación constituye en un estudio descriptivo, explicativo en donde se
describen, determinan y relacionan las variables de contratación temporal y el derecho a la
libertad sindical con el fin de comprobar la efectividad de las regulaciones y su coherencia con
lo interpretado por los jueces o lo establecido en la doctrina autorizada. De esta manera aplicar
las reformas necesarias a la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL) (1997).
Posee naturaleza cualitativa, y se configura en una de tipo no experimental y de diseño
transversal.
Resultados y Discusión
Los principios a partir de los cuales se sustenta la contratación indefinida son el de continuidad
y el de causalidad. A partir de los cuales, se establece que el contrato de trabajo es un contrato
de tracto sucesivo que no se agota con una sola prestación, sino que tiene vocación de
continuidad en el tiempo, con lo cual se establece la conservación del vínculo laboral mientras
subsista la fuente que le dio origen.
Si bien es cierto que dentro del Título II de la Ley de Productividad y Competitividad (1997)
encontramos una clasificación que coloca a los contratos en tres categorías, que son los
contratos de naturaleza temporal, los contratos de naturaleza accidental, y los contratos de obra