Nullius: Revista de pensamiento crítico en el ámbito del Derecho e-ISSN 2737-6125
Arturo Luque, Carlos Poveda y Juan Hernández Zubizarreta
18
ANÁLISIS DEL LEVANTAMIENTO INDÍGENA DE 2019 EN ECUADOR: ENTRE LA
RESPUESTA LEGAL Y EL LAWFARE
ANALYSIS OF THE INDIGENOUS UPRISING OF ECUADOR, 2019: BETWEEN A
MEASURED LEGAL RESPONSE AND LAWFARE
Autores:
Arturo Luque.
Universidad Rey Juan Carlos, España
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-7447-7560
Carlos Poveda Moreno.
Universidad Central del Ecuador, Universidad Técnica de Ambato y Universidad de Indoamérica
ORCID: https://orcid.org/0000-0003-4135-5820
Juan Hernández Zubizarreta.
Instituto de Estudios sobre Desarrollo y Cooperación Internacional, Hegoa. Universidad del País
Vasco.
ORCID: https://orcid.org/0000-0003-2260-4836
Dirección para correspondencia: arturo@elcandelero.es
Fecha de recepción: 25 de agosto del 2019
Fecha de aceptación: 07 de diciembre del 2019
Fecha de publicación: 2 de enero del 2020
Citación/como citar este artículo: Luque, A., Poveda, C. y Hernández, J. (2020). Alisis del
levantamiento indígena de 2019 en Ecuador: entre la respuesta legal y el lawfare. Nullius, 1(1), 18-
45. Recuperado de: https://revistas.utm.edu.ec/index.php/revistanillius/article/view/2333
Resumen
La finalidad de este trabajo consiste en analizar buena parte de los sucesos ocurridos en Ecuador a lo
largo de octubre de 2019 conocidos como levantamiento indígena. Para ello se realiza un análisis de
los acontecimientos partiendo de su línea de tiempo, así como de su ulterior desenlace en base a
diferentes procesos de lawfare ejercidos por los poderes públicos de Ecuador, irradiados por varios
órganos supranacionales y sujetos de parte. Para ello, se busca comprender la cosmovisión andina,
así como los derechos individuales y colectivos incluidos tanto en la legislación nacional e
internacional buscando comprender términos transcendentales dentro de la Constitución ecuatoriana
como la plurinacionalidad y la interculturalidad. Se examinan las acciones del Estado ecuatoriano
junto a su posterior ataque jurídico contra los manifestantes, así como a diversos dirigentes políticos
inculpados, todos ellos como facilitadores organizados que ejercen acciones de proselitismo en favor
de las revueltas. Se evidencia que la guerra jurídica y mediática son un elemento más del poder dentro
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Facultad de Ciencias Humasticas y Sociales. Universidad Técnica de Manabí. Portoviejo, Ecuador 19
del tablero político que, ejercido en manos incorrectas, pone en tela de juicio los pilares de cualquier
democracia.
Palabras clave: Lawfare, levantamiento popular, paro, indígenas, derechos humanos.
Abstract
The purpose of this paper was to analyze a significant part of the events of October 2019 in Ecuador,
known as the indigenous popular uprising. A chronological study of the events and their subsequent
outcomes was carried out against the backdrop of the lawfare waged by the Ecuadorian authorities
through a variety of legal channels, supported by supranational bodies and interested parties. To
achieve this, it was necessary to consider the Andean worldview, as well as the individual and
collective rights represented in both national and international legislation, including such
transcendental concepts as multi-nationality and interculturality included in the Ecuadorian
constitution. The actions of the Ecuadorian state were scrutinized, together with the subsequent legal
attack on the protesters and on various political leaders accused of being proselytizers and organized
facilitators of the revolts. From this study, it was evident that legal and media warfare are instruments
of power available to authorities that, in the wrong hands, undermine the pillars of any democracy.
Keywords: Lawfare, popular uprising, strike, indigenous, human rights
1. Introducción
El descontento social provocado por las medidas económicas adoptadas por el
Sr. presidente de la República del Ecuador, Lic. Lenin Moreno Garcés, a través del Decreto Nº 883
cuyas medidas
1
afectaban principalmente a la población más desfavorecida, provocaron un paro
nacional de transportistas seguido de un levantamiento indígena entre los as 3 y 13 de octubre del
2019 en Ecuador. Dentro de las múltiples acciones que el gobierno ejecutó con el fin de detener las
manifestaciones populares, se estableció el Decreto 884 declarando el estado de excepción durante
60 as en todo el territorio ecuatoriano argumentando circunstancias de grave conmoción y alteración
del orden público además de suspender los derechos de reunión y asociación. La Corte Constitucional
avaló esta decisión, aunque redujo la medida a 30 días. Más tarde, el 8 de octubre, emitió el Decreto
Nº. 888, trasladando la sede de gobierno a la ciudad costera de Guayaquil donde el movimiento
indígena tiene una menor presencia. Adicionalmente y por primera vez desde el retorno a la
democracia, se extendieron estas restricciones a un toque de queda”. Estas medidas además de ser
novedosas, cimentaron una respuesta coercitiva por parte del poder ejecutivo utilizando medidas
desproporcionadas con la clara finalidad de permanecer en el poder y hacer una demostración de
“fuerza” a la ciudadanía.
1
Las medidas del decreto Nº883 se dividen en cinco ejes, 1) liberación de los precios del combustible,
circunstancia que impacta en la sociedad civil y de manera directa a los pequeños y medianos productores
agrícolas, así como a las comunidades indígenas muchas de ellas de escasos recursos y deslocalizadas
geográficamente. Con el decreto 883 activo, el precio de las gasolinas Eco y Extra pasó de $ 1,85 a $ 2,39,
mientras que el diésel pasó de $ 1,037 a $ 2,30, 2) eliminación de impuestos a las importaciones, aspecto que
compromete la producción nacional, 3) reforma tributaria en favor del gran capital favoreciendo la evasión y
flexibilización y la fuga de capitales, 4) modificación de las condiciones de los empleados blicos con la
reducción del 20% del salario y del 50% de sus días de vacaciones y 5) establecimiento de una reforma laboral
en favor de los procesos de precarización y flexibilización de las condiciones laborales.
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Arturo Luque, Carlos Poveda y Juan Hernández Zubizarreta
20
El levantamiento, fue convocado y liderado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del
Ecuador (CONAIE) y otras organizaciones de trabajadores y trabajadoras como el sindicato de
choferes, así como movimientos sociales, quienes reclamaban al gobierno la retirada de las medidas
establecidas en el Decreto Nº 883 argumentando que su aplicación provocaría grandes afectaciones a
las comunidades, a las poblaciones rurales y en especial a los más desfavorecidos. Circunstancia que
coincide con los datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos INEC (2019) en Ecuador, donde
se señala que en fecha de diciembre del 2019 la pobreza multidimensional fue de 38,1% a nivel
nacional; 22,7% en el área urbana, y 71,1% en el sector rural. De igual modo la situación a nivel
global no es nada favorecedora, de hecho, de acuerdo con Oxfam (2020):
La desigualdad económica está fuera de control. En 2019, los 2.153 milmillonarios que
hay en el mundo poseían más riqueza que 4.600 millones de personas. Esta enorme brecha
es consecuencia de un sistema económico fallido y sexista que valora más la riqueza de una
élite privilegiada, en su mayoría hombres, que los miles de millones de horas del esencial
trabajo de cuidados no remunerado o mal remunerado que llevan a cabo fundamentalmente
mujeres y niñas en todo el mundo.
Ante esa situación de riesgo, en cuanto a desigualdad y pobreza existentes en la República del
Ecuador, emergió con fuerza un clima de conmoción debido a la unilateralidad de las medidas
(decreto) implantadas. Estas medidas fueron inconsultas por parte del gobierno con el resto de fuerzas
políticas y agentes sociales. De hecho, la situación derivó en procesos de intransigencia por parte del
Estado al no ceder en cuanto a la retirada de las medidas del decreto (también conocido como
‘paquetazo económico’) omitiendo su consustancial diálogo sobre la aplicación y alcance de las
mismas, debiendo recalcar que previamente a estas acciones se establecieron mesas de trabajo que no
ayudaron a pacificar al país, sino que al contrario, resultaron ser una pérdida de tiempo entre los
diferentes sectores donde se originó el descontento. Con estos antecedentes el conflicto manifiesto
era cuestión de tiempo. La oposición junto a sus grupos de poder de igual modo alimentaba el discurso
del odio a sus fieles a la vez que dilapidaban cualquier puente social. De acuerdo con Nankintz (2019):
En un ejercicio execrable de racismo, el líder socialcristiano Jaime Nebot y la alcaldesa
de Guayaquil, llamaron a defender la ciudad. ‘El golpista, el saqueador, no es malo por su
raza, por su ideología, por su procedencia, son malos por su actitud delictiva. Aquí los
vamos a castigar. Aquí no queremos ese tipo de gente. Hay que hacernos respetar. Ya la paz
que tanto se reclama es indispensable. Pero hay veces que hay que hacer la guerra para
conseguir la paz’, advirtió Nebot y recomendó a los indígenas que se queden en los páramos.
Tras estos acontecimientos, los indígenas, trabajadores y miembros de otros sectores sociales,
tomaron fuerza al llamar a las calles a todas las comunidades conexas a las organizaciones indígenas
más representativas, como CONAIE, FEINE, FENOCIN, FEI, y en general al pueblo ecuatoriano con
la finalidad de ejercer su legítimo derecho de resistencia, como lo ampara la Constitución de 2008
Art. 98
2
, argumentando la necesidad de consulta previa antes de tomar este tipo de decisiones.
2
Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del
poder blico o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos
constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos.
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Publicación semestral. Edición continua. Año 2020, Vol. 1, No 1. pp. 18 - 45. (Enero-junio, 2020).
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El Estado poco a poco, fue perdiendo legitimidad en sus decisiones, al ver que las manifestaciones
iban creciendo conforme pasaban los días a la vez que aumentaba la contundencia armada con los
manifestantes por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Los indígenas de la
Amazonía, previa consulta en sus comunidades, se movilizaron dando apoyo masivo a los que ya se
encontraban en Quito. Igual que lo hicieron los de la Sierra Centro en su territorio marchando hacia
la capital.
Este clamor por ser escuchados y tomados en cuenta los llevó a avanzar hacia Quito, capital de
Ecuador, donde se encuentra establecida la sede de gobierno. Tal circunstancia conllevó
enfrentamientos entre las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y los indígenas movilizados
además de numerosos daños colaterales a la población ecuatoriana no indígena. De hecho, se violaron
acuerdos tácitos de zonas de no agresión. La policía arremetió contra la población civil lanzando
artefactos disuasorios dentro de los centros de acogida humanitaria en las Universidades Católica y
Salesiana de Quito a pesar de estar previamente comunicada tal situación al Gobierno del Ecuador.
Se violaron normas básicas que hasta en la guerra existen como son la Convenciones de Ginebra de
1864 y 1949 (y sus protocolos adicionales) a la hora de establecer zonas de paz o rendición. De hecho,
está establecido internacionalmente y es conocido por todos -militares y civiles- la prohibición de
disparar a personas o vehículos portando bandera blanca ya que indica la intención de rendirse o el
deseo de comunicarse. Además, las normas de la guerra son universales. Los Convenios de Ginebra
(que forman la base del Derecho Internacional Humanitario
3
DIH) han sido ratificados por 196
Estados, lo que supone de facto la práctica totalidad, y por tanto la extensión en cuanto a su
conocimiento. En este caso, se obvió el DIH en una situación similar
4
(tra)vestida de “altercado
doméstico”, y lo que es más grave, tanto las personas que cometieron estas conductas compatibles
con ilícitos penales y vulneración de derechos humanos, así como sus autores tanto por acción como
por omisión, campan a sus anchas con total impunidad al no haberse establecido el debido proceso
de investigación -tanto nacional como internacional- derivándose de ellos una posible condena
(Defensoría del Pueblo de Ecuador, 2019b).
Cabe señalar que, en situaciones análogas de guerra las personas que cometan crímenes podrán ser
enjuiciadas teniendo presente que estos delitos no prescriben. Además, con posterioridad a este hecho,
se establecieron diferentes agravios a buena parte de la población civil como el homenaje brindado
por el Sr. presidente de la República, Lic. Lenin Moreno Garcés, el 23 de octubre del 2019, en el
3
El derecho internacional humanitario 1) protege a quienes no participan en un conflicto, como la población
civil, el personal sanitario o los trabajadores humanitarios, 2) protege a los que ya no pueden luchar, como los
soldados heridos o los prisioneros, 3) probe los ataques contra la población civil. Estos ataques se consideran
crímenes de guerra, 4) reconoce el derecho de la población civil a obtener protección contra los peligros de la
guerra y a recibir la ayuda necesaria. Se deben tomar todas las medidas posibles para evitar cualquier daño a
la población, sus casas o sus medios de subsistencia, como fuentes de agua, cultivos o ganado, 5) establece que
los enfermos y los heridos tienen derecho a recibir ayuda, independientemente del bando al que pertenezcan,
6) especifica que los trabajadores sanitarios, sus vehículos y los hospitales dedicados a tratamiento
humanitario no deben ser atacados, 7) prohíbe la tortura y el trato denigrante a prisioneros, 8) especifica que
los detenidos deben recibir alimento y agua, y también se les debe permitir comunicarse con sus seres queridos,
9) limita el empleo de armas y cticas durante los conflictos, a fin de evitar sufrimiento innecesario y 10)
prohíbe expresamente la violación u otras formas de violencia sexual en el contexto de un conflicto armado
(ICRC, 2016).
4
“Al quinto día de movilizaciones, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) y el
Frente Unitario de Trabajadores (FUT) en rueda de prensa […] expresaron su indignación por las declaraciones
de los ministros de Gobierno, María Paula Romo, y de Defensa, Oswaldo Jarrín, que las consideraron como
una advertencia de ‘guerra’” (El Universo, 2019).
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Arturo Luque, Carlos Poveda y Juan Hernández Zubizarreta
22
salón de banquetes del Palacio de Carondelet (Quito) a un grupo de gendarmes por “defender la
democracia”. De acuerdo con Badia y Albarenga (2020):
La represión de la policía militarizada fue feroz; la resistencia. Invencible. Y finalmente, cuando
las víctimas mortales empezaban ya a acumularse, el gobierno retiró el paquete de medidas. Luego
estableció una mesa de diálogo con los representantes indígenas, quienes, tras dos semanas de
trabajos, presentaron una alternativa a la reducción del déficit que el gobierno planificó para
complacer al FMI.
Ecuador constitucionalmente, en base a los tratados internacionales y como resultado de las
movilizaciones indígenas de los años 90, ha reconocido como norma (pluralismo jurídico) la
existencia de dos sistemas jurídicos, indígena y estatal. Estos, tienen igual jerarquía a pesar de que en
determinados círculos de poder pueda sonar amenazante para la unidad nacional, quedando patente
su vigencia en la actualidad. En ocasiones tal disyuntiva representa la cultura occidental, siendo un
delito o una conducta reprochable para una parte de la sociedad y para otra parte de la sociedad con
diferente cultura originaria o ancestral, no es más que una forma de reclamar lo que consideran justo.
Existe una dicotomía entre lo que es correcto y lo que no lo es. De acuerdo con la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos CIDH (2020):
La Comisión considera que cualquier salida a la situación de discordia social y política,
para ser compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, debe priorizar
el respeto a los derechos de la persona humana y avanzar en la inversión de la manutención
del diálogo nacional amplio y respetuoso.
A partir de la constitución de 1998 y el convenio 169 de la OIT, la legislación ecuatoriana adopta
derechos y reconoce la existencia de un sistema diferente de justicia. Se basan en actos
consuetudinarios (sistema jurídico ancestral) y dinámicos que transcienden con el paso del tiempo.
La justicia positiva u ordinaria enmarca la conducta humana reprochable para la sociedad en su
determinado tiempo denominado tipo penal el cual se usa para sancionar las infracciones o conductas
reprochables realizadas por determinadas personas. Esto se enmarca en un texto legal utilizado
durante décadas. La justicia indígena aun siendo coincidente con la justicia ordinaria en muchos
aspectos, no desarrolla procesos per se para homologar sus sanciones
5
tampoco es su función. Ellos
juzgan independientemente de las circunstancias del momento es un sistema jurídico complejo. Es
decir, no se homologan sanciones, estas cambian de acuerdo al desarrollo de la comunidad. La
plurinacionalidad reconoce la existencia de los pueblos y nacionalidades como sujetos colectivos de
derechos, así como autonomía interna. De acuerdo con Tibán y Ilaquiche (2004):
El Ecuador como un estado pluricultural y multiétnico, cuyo reconocimiento se encuentra
establecido en la constitución política del estado, vive un proceso muy importante en cuanto
al ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas. En el ámbito jurídico y particularmente
con el establecimiento del pluralismo jurídico, desde 1998 se inicia una nueva etapa de
relación de los pueblos indígenas con el estado (p. 11).
5
La cosmovisión del sistema jurídico ancestral no vislumbra criterios de tipicidad, antijuridicidad y
culpabilidad; lo que observa es el conflicto interno y la solución del mismo, para generar equilibrio y
pacificación. Es errado asimilar criterios de dogmática penal y compatibilizar en este sistema, de ahí proviene
el neocolonialismo de la “justicia indígena”.
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Publicación semestral. Edición continua. Año 2020, Vol. 1, No 1. pp. 18 - 45. (Enero-junio, 2020).
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Estos pueblos tienen la concepción ancestral de reclamar sus derechos y para el Estado de Ecuador
esto fue una amenaza. Como respuesta por parte del Estado ecuatoriano durante las protestas, se
procedió a ejercer acciones de fuerza y violencia adornadas como medidas precautorias y
proporcionadas al servicio de la paz. Cabe preguntarse, qué es una conducta reprochable y cuál de
todas debería ser sancionada.
La conducta de los manifestantes indígenas al desconocer el término estado de excepción y al
ignorar los limitantes de los derechos que establece la constitución, de manera sobrevenida les situó
en el centro de la diana de las medidas gubernamentales. Esto es una contradicción más alde bordear
el terreno de la indefensión sin justificar ningún tipo de ilícito independientemente de su procedencia.
Muchas de las realidades indígenas tienen una cosmovisión distinta e igual de aplicable. La colisión
de derechos está encima de la mesa. Lo que muchas personas y sujetos activos de la vida institucional
llaman salvajismo, por la concepción euro centrista impregnada de neocolonialismo, para ellos es
concebida como el establecimiento de procesos de sanación para los miembros de la comunidad
además de ser una defensa del honor (Luque, Ortega y Carretero, 2019).
La finalidad del texto consiste en dar a conocer de manera transversal lo acontecido en el
levantamiento indígena de 2019 en Ecuador. Para ello se desarrolla como hipótesis principal el
análisis de las relaciones existentes entre la realidad y la acción de gobierno teniendo en cuenta los
elementos exógenos que conformaron el proceso del levantamiento a nivel global. Cabe la necesidad
de explorar y si procede conocer si se establecieron relaciones de poder, así como intereses ocultos
con la finalidad de desacreditar, advertir y socavar una herramienta vital para toda sociedad que se
considere democrática: el derecho legítimo de manifestación. Los procesos de lawfare sobrevuelan
todas las etapas del proceso, debiendo conocer su implicación y alcance. Así como analizar la
“incomparecencia” del Estado de Ecuador a la hora de desarrollar su pluralismo jurídico.
1.1 El relato
La Tabla 1, Cronología, muestra una línea de tiempo ordenada de manera temporal ascendente
atendiendo a su antigüedad. Con ello se puede observar la evolución de la protesta, así como la
incorporación de elementos exógenos a la misma construyendo el relato de la criminalización de la
protesta.
Tabla 1. Cronología
Día
Hora
Hecho
Observaciones
01-oct
Eliminación del
subsidio a los
combustibles
El presidente anuncia en cadena nacional la eliminación de los
subsidios a los combustibles.
02-oct
12h30
Publicación del
decreto
Se publica el Decreto 883 que oficializa la eliminación de los
subsidios a los combustibles.
02-oct
17h00
Paro de
transportistas
La Federación de Transportistas del Ecuador anuncia la
paralización de sus actividades como medida de oposición al
decreto 883 sobre la eliminación de subsidios a los combustibles.
02-oct
20h00
Suspensión de
clases
Se suspenden las clases en escuelas y colegios públicos y
privados en la Sierra y Costa.
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03-oct
00h00
Suspensión de
transporte público
Inicia el paro de transportistas de servicio urbano, interprovincial
y taxis en todo el país.
03-oct
06h00
Agresión a
medios de
comunicación
Un camarógrafo de Teleamazonas fue atropellado mientras hacían
una cobertura en vivo en el sector de La Marín, Quito.
03-oct
08h00
Cierre de vías en
Quito
Varias zonas de Quito son obstaculizadas por manifestantes, lo
mismo sucede en varias ciudades del País.
03-oct
09h30
Marcha hacia
Carondelet
Los manifestantes marchan hacia el Palacio de Carondelet.
03-oct
11h50
Policías golpean a
periodistas
Miembros de la Policía Nacional agreden a periodistas que están
cubriendo la marcha.
03-oct
12h00
Inicio de
paralizaciones
Los transportistas inician la paralización en todo el país. En Quito
bloquean vías principales y queman llantas. También en otras
ciudades hubo quema de llantas y bloqueo de vías: Guayaquil,
Ambato, Ibarra, Milagro, Quevedo y Santo Domingo.
03-oct
12h30
Saqueos y
vandalismo en
Guayaquil
Personas entran forzadamente a locales comerciales y sacan
electrodomésticos del sur, centro de Guayaquil, se destruye
algunos cajeros automáticos.
03-oct
13h30
Estado de
excepción
El presidente declara estado de excepción en todo el Ecuador,
según el artículo 164 de la constitución.
03-oct
13h40
Comienzan las
detenciones de
manifestantes
Los ministros de gobierno y defensa anuncian que hay 19
personas detenidas durante la protesta.
03-oct
19h00
Detención de
líderes indígenas
Marlon Santi, líder indígena, y Jairo Gualinga, dirigente de
Juventud de la Conaie, son detenidos por miembros de la Policía.
04-oct
06h00
Se movilizan a las
calles policías y
militares
Se movilizan 24 mil efectivos entre policías y militares en todo el
territorio nacional.
04-oct
08h49
Detención a líder
de transportistas
Jorge Calderón, dirigente de la Federación Nacional de
Operadoras de Transporte en Taxis (Fedotaxis) es detenido por el
delito de paralización de un servicio blico. También se detiene
a dirigentes del transporte en Cuenca.
04-oct
18h00
Fin del paro de
los transportistas
El gobierno anuncia el incremento de las tarifas de pasaje urbano,
provincial e interprovincial, lo debe definir cada municipio, según
una resolución de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT)
04-oct
19h00
Movilización
indígena
La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador
(CONAIE) anuncia que se mantienen en movilización indefinida
contras las medidas económicas.
05-oct
08h00
Retención de
uniformados en
Chimborazo
Alrededor de 50 policías y militares son retenidos en Chimborazo
05-oct
16h00
Anuncio de
detención a
uniformados de
los indígenas
La CONAIE decreta estado de excepción en el territorio indígena,
anticipa que militares y policías que se acerquen a sus territorios
serán retenidos y sometidos a justicia indígena.
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06-oct
13h00
Primer fallecido
en el contexto del
paro nacional
Ral Chilpe el 6 de octubre de 2019, es atropellado por un
vehículo particular en la vía Molleturo-Cuenca, que se encontraba
cerrada por los manifestantes.
07-oct
07h30
Manifestantes
ingresan a
empresas privadas
En Cotopaxi, grupos de indígenas obligan de manera violenta a
trabajadores de fincas, fábricas y florícolas a salir de sus lugares
de trabajo. Se reportan hechos similares desde Tungurahua y
Bolívar.
07-oct
-
Paralización de
transporte en
Cuenca
Se suspende el transporte en varias ciudades del país, en especial
de la sierra, por razones de seguridad
07-oct
11h30
Indígenas llegan a
Quito
Jaime Vargas, presidente de la CONAIE, anuncia la decisión de la
organización de continuar la medida de protesta.
07-oct
14h45
Dos personas
fallecen al caer
desde el puente
peatonal de San
Roque
Marco Oto y José Daniel Chaluisa caen desde el puente peatonal
de San Roque, en un confuso incidente en el que un grupo de
personas son cercados por policías, Chasluisa muere en el acto
mientras que Oto fallecerá al día siguiente.
07-oct
17h00
Autoridades
detenidas en
Sucumbíos
El asambleísta Yofre Poma y el Prefecto de Sucumbíos Amado
Chávez son detenidos en la estación de bombeo Lago Norte Uno,
en la provincia de Sucumbíos. Se les acusa de haber paralizado un
servicio público.
07-oct
20h30
Intento de toma
de la Asamblea
Nacional
Manifestantes intentan tomar el edificio de la Asamblea Nacional.
07-oct
20h40
Toma de la
Contraloría
Un grupo de manifestantes irrumpe violentamente en la
Contraloría General del Estado. Dirigentes indígenas denuncian
que se detectó la presencia de infiltrados en el movimiento
indígena.
07-oct
21h00
El gobierno se
traslada a
Guayaquil
El presidente anuncia la decisión de trasladar la sede de gobierno
a Guayaquil.
07-oct
-
Fallece una
persona en Quito
Edisón Mosquera Amagua, de 29 años, muere a causa de un
disparo en Quito, en el sector de Cumandá.
07-oct
-
Fallece una
persona en Durán
Gabriel Ángulo Bone, de 15 años, según reportan testigos, muere
a consecuencia de un disparo, realizado a corta distancia, de una
bomba lacrimógena que le da en el pecho.
08-oct
15h00
Toma de la
Asamblea
Nacional
Manifestantes entran al salón del pleno de la Asamblea Nacional.
Luego se retiran.
8-oct
-
Toma de la planta
de agua potable
en Apatug
Varias comunidades de la zona alta de la parroquia Santa Rosa en
Ambato se concentran en el sector de Cuatro Esquinas, desde allí
se toman la planta de tratamiento de agua potable Apatug,
dejando varios sectores de la ciudad sin el servicio de agua
potable hasta el fin del levantamiento.
8-oct
12h00
Toma de la
Gobernación de
Chimborazo
Los manifestantes reclaman la renuncia de la gobernadora Luisa
Loza y la derogatoria del decreto 883, intentan tomarse las
instalaciones del ECU911 de Riobamba
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26
08-oct
17h30
Declaración de
toque de queda
El presidente Lenin Moreno decreta toque de queda parcial desde
las 20h00 a las 5h00 con restricción de movilidad por zonas
cercanas a edificios estratégicos de las funciones del Estado, se
dispone la movilización de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional para detener a cualquier persona en infracción flagrante.
08-oct
Fake news y
pánico se
apoderan de
Ambato
El Ecu 911 Ambato recibe 1616 llamadas cuando el promedio son
390, los ciudadanos de Tungurahua tienen que organizarse y salir
a las calles para resguardar sus viviendas y sectores debido a la
sensación de inseguridad provocada por información falsa que
circulaba en redes sociales.
09-oct
10h00
Cruz Roja
paraliza sus
actividades
La Cruz Roja de Ecuador, anuncia la suspensión de sus
actividades por falta de garantías a su personal además de circular
rumores sobre el uso de sus vehículos para el traslado de material
disuasorio de manifestantes.
09-oct
13h00
El SOTE paraliza
las actividades
Se paraliza el Sistema de Oleoducto Transecuatoriano
(SOTE) tras ser tomados por grupos ajenos a la operación.
09-oct
19h35
Ataque a refugios
de los indígenas
Lanzan bombas lacrimógenas en los alrededores de
las Universidades Católica y Salesiana que sirven como centros
de acogida para los indígenas movilizados. Lugares per se
establecidos como zonas de paz donde se atendía a heridos, se
cuidaba a niños y se daba cobijo a personas en situación
vulnerable.
09-oct
20h00
Ataque al cuartel
La Balbina
Aproximadamente 600 personas intentan ingresar al cuartel La
Balbina en Pichincha, siete son detenidos y 12 soldados resultan
heridos.
09-oct
-
Muere el líder
indígena
Inocencio
Tucumbi
Las razones de su fallecimiento se reportan como resultado de
golpes severos y el impacto de un objeto en la parte posterior de
su cabeza.
10-oct
10h00
Retención de
periodistas y
policías
Seis policías y varios periodistas son retenidos en el Ágora de la
Casa de la Cultura, en donde se lleva a cabo una reunión de los
líderes indígenas y se esperaba el féretro de Inocencio Tucumbi.
Freddy Paredes, periodista de Teleamazonas es golpeado por un
individuo tras salir del interior de la Casa de la Cultura.
10-oct
14h50
Policía agredido
en
manifestaciones
Un cóctel molotov lanzado por un manifestante incendia a un
policía que estaba resguardando una zona aledaña al Palacio de
Carondelet.
10-oct
15h00
Detenidos
venezolanos en el
aeropuerto de
Quito
Se detiene a un grupo de venezolanos y a un ecuatoriano en el
aeropuerto Mariscal Sucre de Quito, se les acusa de realizar tareas
de inteligencia. La mayoa son liberados al día siguiente y el 14
de enero de 2020 se les declara inocentes.
10-oct
-
Toma de la
Gobernación de
Tungurahua
El edificio de la Gobernación de Tungurahua es tomado por
indígenas de los pueblos Chibuleo, Tomabela, Kisapincha,
Pilahuín, Salasaka, será devuelto el 14 de octubre.
10-oct
Noche
Retención de
policías en Pujilí
Un hombre y dos mujeres, pertenecientes a la Policía Nacional,
son retenidos por indígenas de la comunidad Yanahurco de la
parroquia Yacubamba del cantón Pujilí.
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Publicación semestral. Edición continua. Año 2020, Vol. 1, No 1. pp. 18 - 45. (Enero-junio, 2020).
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11-oct
16h00
Conaie anuncia
que se uniría al
diálogo nacional
La CONAIE acepta la invitación del presidente Moreno a
dialogar con el compromiso de derogación del Decreto 883.
12-oct
-
Otro fallecido en
Quito
Abelardo Vega Caisaguano, de 41 años, es atropellado en horas
de la madrugada en el Centro Histórico de Quito, algunas
versiones mencionan que el causante fue un vehículo de la
policía, lo cual no está confirmado.
12-oct
07h00
Ingreso de
manifestantes a
flocolas
Violenta toma de fincas florícolas en Cotopaxi. Las personas que
ingresan quieren obligar a los trabajadores a que se unan al paro.
12-oct
-
Asambleísta entra
en la embajada de
México
La asambleísta y ex presidenta de la asamblea Gabriela
Rivadeneira y su esposo entran a la embajada de México, as
después solicitarán asilo y viajarán a ese País.
12-oct
11h40
Detención a
manifestantes
dentro de la
Contraloría
27 personas son detenidas en el interior de la Contraloa.
12-oct
12h17
La Conaie se une
al diálogo
nacional
CONAIE acepta el diálogo con el presidente y solicita que sean
parte de este proceso la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) y la Conferencia Episcopal Ecuatoriana.
12-oct
13h00
Incendio de la
Contraloría
General del
Estado
Son detenidas 30 personas en medio del incendio del edificio de
la Contraloría General del Estado.
12-oct
15h15
Incendio
Teleamazonas
Un grupo de personas ataca las instalaciones de Teleamazonas en
Quito produciéndose desperfectos. En las afueras, se impide el
paso de bomberos a las instalaciones del canal.
12-oct
18h00
Toque de queda
en ciertas zonas
de Quito
El presidente Lenin Moreno dispone el toque de queda en ciertas
zonas de Quito y en los valles desde las tres del 12 de octubre
12-oct
-
Un nuevo herido
por un disparo
Edgar Yucailla, de 32 años, sufre una herida fatal a causa de un
disparo cuando participaba de las manifestaciones en el sector de
El Arbolito, fallecerá el 29 de noviembre
12-oct
19h48
Alcalde retenido
El alcalde de Riobamba, Napoleón Cadena es retenido mientras
hablaba con dirigentes indígenas para asegurar abastecimiento de
agua para la ciudad.
12-oct
21h00
Motín en cárcel
en Quito
Motín e intento de fuga masiva en el Centro de Detención
Provisional (CDP) Inca en Quito.
13-oct
11h30
Cambios en
restricción de
movilidad
Se levanta prohibición de movilidad hasta las ocho de la noche.
Pero se mantiene en ciertas zonas de la capital.
13-oct
18h12
Uniformados
detenidos en
Quito
Retención de militares y vehículos en la autopista General
Rumiñahui en Quito.
13-oct
20h00
Comienza el
diálogo nacional
Diálogo entre el gobierno y la CONAIE con la mediación de la
ONU y la Conferencia Episcopal Ecuatoriana.
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Arturo Luque, Carlos Poveda y Juan Hernández Zubizarreta
28
13-oct
21h30
Derogatoria del
decreto 883
Después del diálogo nacional, el gobierno deroga el decreto 883 y
menciona que se elaborará uno nuevo.
13-oct
00h00
Otro incendio en
la Contraloría
Nuevo incendio en el edificio de la Contraloría General del
Estado.
14-oct
06h40
Detención de
autoridades
Allanan las casas de Paola Pabón y Virgilio Hernández.
14-oct
10h00
Minga para
limpiar Quito
Indígenas movilizados, estudiantes, trabajadores del municipio y
ciudadanos salen a limpiar las calles de Quito y los lugares donde
se dieron las protestas. Recogen restos de llantas quemadas,
piedras, árboles caídos y basura en general. Las mingas duran
hasta el fin de semana. Ese día los indígenas regresan a sus
comunidades.
14-oct
20h17
Gobierno publica
decreto 894
Queda sin efecto el decreto 883 sobre la eliminación de subsidios
a combustibles y emite el decreto 894.
14-oct
Asambleístas
entran en la
embajada de
México
En la embajada mexicana ingresan los asambleístas nacionales
Luis Fernando Molina; Soledad Buendía y su cónyuge; Carlos
Viteri y su cónyuge, Tania Pauker; y el Procurador Síndico de la
Prefectura de Pichincha, Leónidas Aníbal Moreno Ordóñez.
15-oct
9h00
Prisión preventiva
a Paola Pabón
El juez Julio Arrieta dicta prisión preventiva a Pabón en la cárcel
de Cotopaxi, por el presunto delito de rebelión.
Fuente: elaboración propia a partir del contraste des de 20 medios de comunicación e informantes autónomos.
2. Nociones de lawfare y su construcción teórica
El concepto de lawfare se construye a partir de la combinación de dos palabras law (derecho) y
warfare (guerra). Consiste en un modo de operar asentado en el establecimiento de una arquitectura
de la impunidad con el fin de obtener beneficios particulares mediante el establecimiento de objetivos
claramente definidos como son dilatar, ralentizar, agotar y persuadir acciones de la vida política
paralizando un gobierno o un proceso determinado a través de la judialización
6
de la vida política.
Cualquier persona o entidad puede ser el blanco perfecto de un uso indebido de la justicia para fines
ilegítimos y amorales. Esto no va de conquistar la política o la democracia, va de poder y dominación
y nadie está dispuesto a perderlo (Rouquié, 1989). Se desplaza la legislación hacia confines
impredecibles estableciendo la ley como arma de guerra (Kittrie, 2016). Como señala Dunlap (2001),
también es un medio para lograr un objetivo militar. En definitiva, la vida política entra en un nuevo
paradigma, una nueva trinchera donde el poder político, generalmente en minoría trata de asaltar el
control y por tanto imponer sus voluntades a través del poder judicial. Se trata de destruir al adversario
-político- utilizando cualquier resorte, principalmente judicial, aunque también institucional como
ariete o arma de combate. De acuerdo con Innerarity (2020):
El diseño institucional en teoría incluye su complejidad. A veces se tiende a pensar la
división de poderes como una división meramente horizontal, como si se tratara del mismo
tipo de poder troceado, cuando realmente hablamos de lógicas distintas, con temporalidades
distintas y por tanto con enfoques sobre el proceso político muy diferentes. Esa es una de las
6
Las revelaciones de la conspiración judicial contra Lula dejan en evidencia la separación de poderes en
Brasil información elaborada por V. D. López a través de Eldiario.es del 10/06/2019
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cosas que se empobrece cuando hay una politización de la justicia o cuando depositamos
sobre la justicia la resolución de ciertos asuntos que a la justicia no le corresponde resolver.
Se antepone la función judicial como elemento vehicular de la vida política por delante en la
malograda separación de poderes. Se busca imponer procesos de legitimidad, ética y propiedad. De
acuerdo con Urias (2020) “no hay nada más peligroso en una democracia que un poder judicial que
va más allá de sus competencias y está politizado. Esto es imparable y se carga todo el sistema. [...]
Cuando los jueces van más allá de su terreno, no hay forma de pararlos”.
La democracia se mercantiliza, se invierte la pirámide normativa.
El Derecho se mimetiza como una herramienta más de dominación al servicio de los poderes político
y económico. Este se reconfigura sin cortapisa alguna.
La ciudadanía se convierte en un elemento subalterno de la democracia en vez de ser el elemento
vehicular de la misma, se conforma como un elemento accesorio. Las crisis económicas allanan el
camino de lo históricamente establecido. El cambio del articulado de una constitución se convierte
en un mero trámite cuando afecta al beneficio empresarial o a la expectativa del mismo en base a
determinados intereses particulares. El resto de normas, disposiciones, deudas soberanas, etc., son
mero trámite.
De acuerdo con Hernández Zubizarreta y Ramiro (2017) de este modo, se van suprimiendo las
normas parlamentarias generales y se sustituyen por sistemas contractuales asimétricos o de adhesión,
muy especializados, fragmentados y de una altísima complejidad técnica”. El mercado fagocita
cualquier acción de gobierno en favor del gran capital. El poder judicial, en otros tiempos garante de
abusos se encuentra atrapado en sus propias contradicciones, luchas de poder, ascensos o machismo
poniéndose en ocasiones de perfil ante el uso torticero de sus legítimas herramientas para impartir
justicia en aras de lo contrario. En Europa se replica el modus operandi. Solo cambia el sastre que
elabora el terno del lobbista y el lugar de acción: de Carondelet a Bruselas. La corrupción incluso
legalizada no tiene fronteras y nadie está dispuesto a perder un centavo, tampoco existe voluntad
política para construir un sistema más ético, más justo y s solidario al menos desde el gobierno
(Luque, 2018). La dominación quiere una población adormecida y dependiente de un sueldo por muy
pequeño que sea. El pueblo indígena se rige por unos parámetros de solidaridad diferentes y eso en
determinados círculos de poder es inadmisible.
Por otro lado, las agresiones al medio ambiente se normalizan en base al mantra de ser un mal
necesario para mantener el nivel de progreso obviando como en Ecuador que la Pachamama (o madre
tierra) es el único refugio vital de buena parte de la población, en este caso indígena. Véase el caso
de la petrolera Texaco, adquirida por Chevron en 2001 la cual explotó los yacimientos petrolíferos
en Yasuní entre los años 1964 y 1992 junto a la paraestatal Petroecuador. Se estima que en este
período se dejaron escapar al menos de 71 millones de litros de residuos petroleros y unos 64 millones
de litros de crudo sobre más de 2 millones de hectáreas en la selva amazónica. El litigio lleva más de
20 años activo y los daños medioambientales, económicos y sanitarios todavía siguen sin resarcirse.
De manera consustancial se establecen procesos de lawfare contra los afectados y litigantes en
defensa de la Amazonía, además, el Sr. presidente de la República del Ecuador, Lic. Lenin Moreno
Garcés fue condecorado el 26 de septiembre del año 2019 por el Consejo de las Américas (AS /
COA), del cual forma parte la empresa Chevron Corporation, con la que Ecuador tiene pendiente el
pago de laudos arbitrales. En definitiva, los actos del mandato presidencial se convierten en la
Nullius: Revista de pensamiento crítico en el ámbito del Derecho e-ISSN 2737-6125
Arturo Luque, Carlos Poveda y Juan Hernández Zubizarreta
30
contrafigura de lo que representan. Circunstancia que constata con el avance de las empresas
transnacionales ET y su influencia en la política nacional.
Se va más allá al permitir la comunidad internacional que se diriman las controversias entre estados
y ET en pseudo-tribunales privados donde no es necesario ser juez de carrera para ejercer como tal,
deslegitimando con ello a los tribunales de pleno derecho en cada estado. Con ello se socavan sus
competencias en base al establecimiento de una arquitectura de la impunidad diseñada a la medida
del gran capital. Los tribunales en la actualidad tampoco son un problema, al menos no para el gran
capital (Hernández Zubizarreta y Ramiro, 2016; Guamán y Luque, 2019). Las venas abiertas en
América Latina se perpetúan a pesar de su crisol de oportunidades. De acuerdo con Guevara-Rosas
(2020):
Lo más preocupante de esta radiografía es que América Latina sigue siendo la región más
violenta, con más homicidios, con más feminicidios, la más corrupta, con mayor impunidad
y la s desigual, donde la riqueza se concentra en manos de los más poderosos, que
además cuentan con la protección de los estados. El hartazgo contra todos estos factores ha
provocado un estallido social, con manifestaciones multitudinarias encabezadas por jóvenes
y mujeres. La respuesta de los estados ha sido represiva y brutal.
En su tránsito para obtener sus objetivos preestablecidos, los procesos de lawfare se parapetan en
cualquier resorte económico, político y social (Weyland, 1998; Herman y Chomsky, 2010; González-
Pazos, 2020). Como ejemplo, investigadores pertenecientes al Laboratorio de Ciencias y Datos
Electorales del Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT), han analizado la tendencia del
escrutinio electoral en Bolivia antes y después de que se interrumpiera el conteo pido al 84%
(Williams y Curiel, 2020), punto en el que los opositores a Evo Morales denunciaron el inicio del
supuesto fraude, que después ratificó la Organización de Estados Americanos OEA (2020). De
acuerdo con el informe de los investigadores del MIT, el análisis estadístico y las conclusiones de la
OEA parecen profundamente defectuosos. En cualquier caso, el daño ya estaba hecho y buena parte
de la opinión pública y los Think tank políticos condicionados. Más tarde el proceso de lawfare siguió
su curso cuando el Tribunal Supremo Electoral de Bolivia el 20 de febrero del 2020 rechazó la
candidatura del ex presidente D. Evo Morales al considerar que incumple el requisito de residencia
permanente en el país, por tanto, declarándolo proscrito y señalando a su vez el presidente de la
institución D. Salvador Romero, en La Paz que la decisión era "inapelable".
De igual modo, los mass media tienen su parte de responsabilidad, de hecho, en ocasiones son la
contrafigura de lo que promulgan convirtiéndose de manera decidida en un poder sin contrapoder
vehiculado en un claro cumplimiento de sus objetivos particulares. Para Viterbo, Ben-Naftali, Sfard
y Hedi Viterbo, (2018) el término lawfare designa el despliegue de la ley por parte de los estados en
la planificación, ejecución y legitimación de sus objetivos.
2.1 El caso de Ecuador
Cabe la necesidad de dilucidar parte del origen del levantamiento indígena. Para los pueblos y
nacionalidades, el levantamiento es sagrado y ha sido un mecanismo vital para el logro de muchas
de sus reivindicaciones sociales y políticas de las últimas décadas, un resumen de los últimos
levantamientos se presenta en la Tabla Nº2, Levantamientos indígenas. Para Tibán y Ilaquiche
(2004):
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Facultad de Ciencias Humasticas y Sociales. Universidad Técnica de Manabí. Portoviejo, Ecuador 31
Con la invasión española, más tarde en la constitución de la república independiente y en
la construcción del estado nacional, se ha intentado homogenizar a todos estos pueblos y
nacionalidades bajo una sola cultura blanco-mestiza, adoptando un solo idioma, así como
un ordenamiento jurídico único, positivo, de carácter obligatorio y coercitivo (p. 21).
Tabla 2. Levantamientos indígenas
Año
Levantamiento
Demanda
1990
Levantamiento del
Inti Raymi
Solución de conflictos de tierras, de agua de riego,
financiamiento a la Dirección de Educación Intercultural
Bilingüe, creada en 1989. Demanda de un Estado Plurinacional
1992
Marcha de los
pueblos indígenas
amanicos del Puyo
hacia Quito
Solución de los conflictos de tierras y territorios amazónicos
1992
Rechazo a los 500
años de la conquista
española
Rechazo a la celebración de los 500 años de la conquista
1994
Levantamiento
indígena
Reformas a la ley agraria de 1973 para impedir la aprobación de
artículos que permitan la compraventa de tierras comunitarias
1997
Levantamiento
contra el gobierno de
Bucaram
Busca una Asamblea Constituyente que reconozca el Estado
plurinacional y los derechos colectivos de los Pueblos
1997
Levantamiento
indígena
Contra el programa de ajuste estructural y la eliminación del
subsidio al gas
2000
Toma del Congreso
Cese de las tres funciones del Estado e instauración de la Junta
de Salvación. Termina con el derrocamiento del presidente
Mahuad a pedido del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas
Armadas
2000
Levantamiento
contra la
dolarización
De septiembre, contra la dolarización, a favor del plebiscito que
revoque el mandato del Congreso Nacional y de la Corte
Suprema de Justicia, bajo la consigna de “nada sólo para los
indios”
2001
Levantamiento
Congelamiento de los precios de los combustibles, solución de
problemas de tierra e instauración de mesas de diálogo
2019
Levantamiento
contra el incremento
de combustibles
Derogatoria del Decreto 883
Fuente: elaboración propia a partir de 1) Muyulema, 2015, 2) Breton, 2003 y 3) Guamán, 2006
Se pretende establecer una sola cultura occidentalizada como lo bueno, el camino a seguir e imitar
obligando a tener una cosmovisión forzada por parte del poder sobre lo correcto. Es imprescindible
mencionar la línea donde se señala que “la historia de la legislación ecuatoriana evidencia también
las políticas de exclusión, de aislamiento, al igual que en la cultura, la política, la economía. Toda la
estructura institucional se manifiesta desde una concepción, la práctica del Estado es generar e
implementar políticas de aislamiento, y consecuentemente se ha agudizado el aniquilamiento de
valores y saberes fundamentales de nuestros pueblos y culturas (…) y por ende de su sistema jurídico
con prejuicio social” (Macas, 2002, p. 19).
La retaliación de los pueblos y nacionalidades indígenas a lo largo de la historia ha sido un
detonante inminente de desconfianza por parte de las autoridades y gobiernos de turno. Las luchas
Nullius: Revista de pensamiento crítico en el ámbito del Derecho e-ISSN 2737-6125
Arturo Luque, Carlos Poveda y Juan Hernández Zubizarreta
32
sociales que han mantenido a lo largo de la historia desde la colonización hasta después de la vida
republicana hicieron que las calles de todo Ecuador se pintaran del rojo profundo de los indígenas de
la sierra característico de los chibuleos, el negro y blanco característico de los salasacas y de los
saraguros, el azul de los otavalos, de los miembros de las comunidades amazónicas y en definitiva de
todas las personas que conforman las 14 nacionalidades del pueblo indígena del Ecuador. La subida
de los combustibles desencadenó una lucha que tiene su origen en la pobreza, la desigualdad y la
exclusión generados por la lejanía del Estado Central y por la falta de comunicación, pedagogía e
importancia hacia este sector vital para la simbiosis campo ciudad a la que de manera preeminente
provee de alimento y mano de obra. Es crucial comprender los inicios de las luchas sociales de los
pueblos y nacionalidades indígenas, así como su cosmovisión para ejecutar actos morales y
éticamente correctos de acuerdo con Lema (2007):
Los pueblos indígenas del Ecuador autodefinidos de raíces ancestrales, definición como
consta oficialmente en la actual constitución política de nuestro país en su artículo 83 como
una forma de reconocimiento tácito al derecho a la auto denominación, han sido a lo largo
de toda la existencia histórica del Estado ecuatoriano, el componente ocultado por la visión
homogenizaste del Estado concebida bajo la idea matriz de una nación cultural única, no han
logrado aniquilar sus formas sociales y política en el Ecuador (p. 1).
La lucha constante de los pueblos y nacionalidades indígenas a lo largo de la historia llevó a que
la constitución de 1998 incluyera reivindicaciones históricas de pueblos y nacionalidades indígenas.
Se pasa de un estado pluricultural y multiétnico en la constitución de 1998, a uno plurinacional e
intercultural en 2008. Representa un cambio sideral, aunque aún escueta en su contenido,
circunstancia que supone una aceptación de la existencia de otro sistema jurídico dando vida al
pluralismo jurídico, cuyo fundamento se encuentra diagramado y proclamado en el preámbulo de la
Constitución. De acuerdo con Llaquiche (2004):
La historia del Ecuador, de manera particular el derecho escrito y su relación con los
pueblos indígenas, nos damos cuenta que el Estado ecuatoriano ha impuesto un sistema
jurídico único, omnipresente, rígido, inflexible, coercitivo; sin considerar la heterogeneidad
de culturas que tienen los diversos pueblos que componen el territorio nacional. Perpetuando
así de manera legal la discriminación, la dominación, la exclusión y el aislamiento de los
indígenas en el quehacer social, cultural, económico, político, jurídico de la sociedad
nacional (p. 19).
El actual sistema jurídico
7
da apertura al derecho ancestral y a su forma de regularse por parte de
los pueblos y nacionalidades indígenas existentes en Ecuador. Este aspecto provoca que los
coterráneos se hayan visto soslayados y vejados por el pensamiento occidentalizado en su afán de
erradicar cualquier pensamiento discordante en base a un elemento común: la dominación.
7
Existen disposiciones que reivindican el sistema jurídico ancestral, como son: Convenio 169 OIT, Declaración
de Pueblos Indígenas de la ONU, 2007, Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de la
Función Judicial, Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, varias resoluciones de
la Corte Constitucional del Ecuador, caso Sarayaku Vs. Ecuador, sentencia de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos Sarayaku Vs. Ecuador, resoluciones de la Corte Nacional de Justicia como ej. el caso José
Aneta Buñay, “4 del Chasqui” , etc.
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Publicación semestral. Edición continua. Año 2020, Vol. 1, No 1. pp. 18 - 45. (Enero-junio, 2020).
Facultad de Ciencias Humasticas y Sociales. Universidad Técnica de Manabí. Portoviejo, Ecuador 33
El problema del fortalecimiento del sistema jurídico ancestral, no es la ausencia o falta de
normativa; es la actitud del sistema de administración de justicia. Este ha sido perseguido cuando se
adoptaban resoluciones a favor de este derecho colectivo y por ende concluyó domesticando al
servicio judicial, para evitar tales reconocimientos. En la academia poco se ha verificado este
accionar, ya que la carga horaria prioriza una educación eurontrica, dejando un espacio mínimo
para aprender pluralismo jurídico, tornándole muchas ocasiones en un escenario folclórico de
diversidad cultural, y no en una orientación del Estado.
2.2 El mandato constitucional
La Asamblea de Montecristi define al Estado ecuatoriano como intercultural y plurinacional
(Constitución de la República del Ecuador CRE, 2008); aunque la construcción normativa se origina
en la Constitución de 1998 a la par de la ratificación del convenio 169 de la OIT. Es en ese cuerpo
legal donde se expuso el reconocimiento de la justicia indígena como medio alternativo de resolución
de conflictos. El caso La Cocha dos”
8
es un esfuerzo emblemático de fortalecimiento del Estado
Intercultural y Plurinacional. Además de ser producto del levantamiento indígena en los años noventa.
La Constitución de igual modo en su artículo 57, reconoce y garantiza derechos colectivos a
comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, entre los que se encuentra el de construir
y mantener organizaciones que los representen. Por su parte, el artículo 98 reconoce que tanto
individuos como colectivos afectados por acciones u omisiones del poder púbico podrán ejercer el
derecho a la resistencia, afirmación consistente con la incluida en el artículo 416, donde se reconoce
el derecho de los pueblos a la resistencia y a permanecer libres de toda forma de opresión. El
mencionado artículo 57, respecto al territorio y la propiedad de las tierras comunitarias menciona que:
son imprescriptibles, inalienables, inembargables e indivisibles; que son exentos del pago de tasas e
impuestos; que se mantendrá la posesión de las tierras y territorios ancestrales; y se conservará y
desarrollará sus propias formas de convivencia y organización social, y de generación y ejercicio de
la autoridad, en sus territorios legalmente reconocidos y tierras comunitarias de posesión ancestral.
Aunque ya en la CRE de 1998, se expusieron los derechos colectivos para los pueblos indígenas
contenidos en el artículo 83 y siguientes de la Carta Fundamental. La Asamblea Constituyente para
redactar esta Constitución, tuvo los primeros representantes de los pueblos indígenas como fue el
caso de la doctora Nina Pacari Vega. Además, la Constitución, en su artículo segundo, reconoce los
idiomas ancestrales de los pueblos y nacionalidades indígenas al tiempo que se compromete a su
conservación y uso. Junto con el castellano, declara los idiomas quichua y shuar como oficiales de
relación intercultural, mientras que a los demás idiomas ancestrales los reconoce como de uso oficial
para los pueblos indígenas en las zonas donde habitan.
Por otra parte, la CRE en su art 163 establece que “La Policía Nacional es una institución estatal
de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada,
cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden pblico […]”, en el art 158 del mismo
cuerpo legal se señala que “las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección
de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos […] además, las servidoras y servidores de
las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional se formarán bajo los fundamentos de la democracia y de
los derechos humanos, y respetarán la dignidad y los derechos de las personas sin discriminación
8
Se impuso justicia indígena contra los presuntos procesados. De hecho, la Corte Constitucional determinó
que no hubo doble juzgamiento. Se estableció que la justicia indígena solo se aplicará a conflictos internos que
se produzcan dentro de su ámbito territorial, De aquí se excluyen los delitos contra la vida que se cometan en
comunidades indígenas, lo cual es facultad exclusiva y excluyente del sistema penal ordinario.
Nullius: Revista de pensamiento crítico en el ámbito del Derecho e-ISSN 2737-6125
Arturo Luque, Carlos Poveda y Juan Hernández Zubizarreta
34
alguna y con apego irrestricto al ordenamiento jurídico”. Una muy concreta definición sobre la Policía
Nacional y sus alcances.
Detrás del texto constitucional cabe señalar cuáles son los límites de la Policía. Por tal razón cabe
mencionar la normativa respectiva que ayuda a concatenar los hechos cticos con los jurídicos. La
Policía Nacional está sujeta al poder civil, es obediente y no deliberante” (CRE, 2008, Art. 159).
Para poder determinar responsabilidades directas del proceder de la Policía Nacional se debe conocer
bajo el mando de quien se encuentra sus decisiones. Se determina que “el Presidente de la Repblica
es la máxima autoridad y designa a los integrantes del alto mando policial” (CRE, 2008, Art.147
Nº16), haciendo mención a lo antes expuesto cabe sintetizar que la Policía Nacional atiende la
seguridad ciudadana y al orden público y protege el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de
las personas, entendiéndose que son los “veladores de los derechos fundamentales y derechos
humanos” de la población civil auto considerándose como protectores y garantes. De acuerdo con la
CRE (2008, Art. 153) “las fuerzas armadas y la policía nacional son instituciones de protección de
los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos”. Dentro de este contexto se puede determinar
cómo los hacedores de la paz y el orden social, debiéndose interpretar la protección interna y el
mantenimiento del orden público como funciones exclusivas del Estado y responsabilidad de la
Policía Nacional (CRE, 2008, Art. 168).
Durante el levantamiento indígena, los manifestantes utilizaron las Redes Sociales como forma de
comunicarse ante la falta de información de los medios tradicionales. Sus videos y publicaciones se
viralizaron retratando el actuar de policía nacional, resto de cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado,
así como del actuar del gobierno. A estos se sumaron imágenes y videos de aficionados, periodistas,
estudiantes y todo tipo de ciudadanos. Los documentos gráficos fueron visualizados por la ciudadanía
a nivel global. Comportamiento proclive a su difusión cuando la información a compartir mantiene
interés en política. Circunstancia que ayuda a una propagación rápida y aumenta su alcance (García-
Guerrero, 2019). La confrontación entre manifestantes y policía fue mayor en el sector de El Arbolito
y las calles aledañas a la Asamblea Nacional en Quito, pero también en otras ciudades como Ambato,
Latacunga, Riobamba e Ibarra donde se produjeron tomas de edificios públicos, retención de
autoridades y policías, además de tomas de fuentes de agua potable y desabastecimiento por varios
días. Los pueblos indígenas de la Amazonia de las provincias de Pastaza y Morona Santiago se
sumaron a la movilización en contra de una decisión inconsulta a la que consideran parte del
lineamiento del Fondo Monetario Internacional. Descontento amplificado, además, ante los procesos
de extractivismo y depredación ambiental vestidos de democracia e I+D+i -investigación desarrollo
e innovación- (Luque, Herrero y Peñaherrera, 2018).
La movilización provocó que la respuesta del Estado pasara de detenciones durante el paro de
transporte a heridos y muertos durante los as del levantamiento indígena, culminando con ello la
máxima expresión de discriminación y malos tratos que desde la oficialidad se dio a los indios desde
la época colonial y en la actualidad desde el Estado, tal como lo muestra el Gráfico Nº1. Heridos y
detenidos en el mes de octubre de 2019. Queda evidenciado que los días más intensos, por el número
de heridos son los anteriores al dialogo entre la CONAIE y el gobierno con la mediación de Naciones
Unidas y la Conferencia Episcopal Ecuatoriana.
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Publicación semestral. Edición continua. Año 2020, Vol. 1, No 1. pp. 18 - 45. (Enero-junio, 2020).
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Gráfico 1. Heridos y detenidos. Fuente: elaboración propia a partir de Defensoría del Pueblo, 2019.
Once personas fallecen en el marco de las movilizaciones en lugares donde la presencia de
pobladores indígenas rurales (El Arbolito) es mayoritaria o donde existe presencia de indígenas
migrantes rurales (Mercado de San Roque). La Tabla Nº3, Fallecidos, contiene la descripción de los
fallecidos, aunque no considera ni concluye que sus muertes han sido provocadas por la fuerza
pública, hechos que tendrán que esclarecerse en el futuro.
Tabla 3. Fallecidos
Nombre
Apellidos
Edad
Fecha
Hecho
Causa
Lugar
Ángel Raúl
Chilpe
37
06/10
Arrollado por vehículo
particular
Molleturo
Marco
Humberto
Oto Rivera
26
07/10
Caída de un puente peatonal
San Roque
José Daniel
Chaluisa
Cusco
40
07/10
Caída de un puente peatonal
San Roque
Édison
Mosquera
Amagua
29
07/10
Disparo
Cuman
Gabriel
Ángulo Bone
15
07/10
Disparo de bomba lacrimógena
en el pecho
Durán
Segundo
Inocencio
Tucumbi Vega
50
09/10
Caída de altura
Universidad
Salesiana
José Rodrigo
Chasluisa
36
09/10
Asfixia y arrollamiento
El Arbolito
Silvia
Mera
Navarrete
35
11/10
Accidente de moto
Malchinguì
Abelardo
Vega
Caisaguano
41
12/10
Arrollado por un patrullero
Centro Histórico
Edgar
Yucailla
32
12/10
Disparo
El Arbolito
Francisco
Quiñonez
Montaño
-
-
Atropellado por un
auto militar
-
Fuente: elaboración propia a partir de Defensoa Pública, Wambra, El Comercio 2019-2020
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36
2.3 Los pueblos indígenas frente al paro
No es compatible con la realidad pensar que la justicia ordinaria sea impartida a los pueblos
ancestrales. Los indígenas durante décadas han utilizado la movilización y el levantamiento como
forma de protesta, lo que para otras realidades puede ser un atentado, para ellos tiene una lógica que
en muchos de los casos puede ser más razonable y valedera que la justicia ordinaria o preponderante
en Ecuador. Un gobierno que no puede comprender las múltiples dimensiones del estado
plurinacional, donde los matices por la diversidad obligan a reestructurar algunas ópticas se convierte
en un estado fallido. El clamor popular de los indígenas al sentirse ultrajados, además de perder línea
directa con el gobierno al haber sido expulsados del sistema les hizo reaccionar no de una manera
irracional, sino que actuaron conforme a su cultura, costumbre y modus vivendi. La verdad, es
discutida y discutible dentro de los coterráneos indígenas. Este es un punto óptimo de partida, de
hecho, de acuerdo con Llaquiche (2004):
El producto de las luchas indígenas se ve reflejado en la incorporación de varios artículos
dentro de la Constitución de la República donde se reconoce el carácter multiétnico y
pluricultural del estado ecuatoriano, así como el pluralismo jurídico, al igual que los
derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades del ecuador (p. 24).
Estos derechos adquiridos por las nacionalidades son claros. Ecuador es un estado que ha ratificado
tratados y convenios internacionales por ello es importante señalar que la justicia indígena obtuvo un
importante apoyo a través de la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo que,
en abril de 1998, reconoció importantes derechos y obligaciones a favor de los pueblos indígenas.
Como precedente segn la CRE, 1998, Art. 191 ins. 4) “las autoridades de los pueblos indígenas
ejercerán funciones de justicia, aplicando normas y procedimientos propios para la solución de
conflictos internos de conformidad con sus costumbres o derecho consuetudinario, siempre que no
sean contrarios a la constitución y las leyes, la ley ha compatibles aquellas funciones con las del
sistema judicial nacional”.
3. El abordaje del problema
Analizar un proceso en continuo movimiento como es un levantamiento indígena y paro, así como
la transversalidad de los elementos irradiadores que inciden en este tipo de procesos es
tremendamente complejo. Ni las causas son unánimes ni las consecuencias -más allá de estar muchas
de ellas en litigio- son realmente predecibles más allá de lo obvio: muertos heridos y fractura social.
El análisis de esta situación produce todo tipo de daños colaterales orientados hacia una sociedad ya
maltrecha en cuanto a medios para conseguir una vida plena, al menos no al alcance de todos los
ciudadanos por igual. Además de tener presente que Latinoamérica es la región más violenta y
represiva del mundo (Amnistía Internacional, 2020).
No se pretende realizar un estudio comparativo o de parte, sino que, a través de un método analítico
sintético en base a la deconstrucción de un problema en problemas menores, se pretende conocer las
relaciones entre cada una de las partes, así como sus interrelaciones (Echeverría, 1989). Para ello las
fases realizadas fueron:
Establecer delimitación del objeto de estudio (Rodríguez y Valldeoriola, 2007) a partir de la
recopilación de información publicada en universidades de Ecuador como en la Facultad
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Facultad de Ciencias Humasticas y Sociales. Universidad Técnica de Manabí. Portoviejo, Ecuador 37
Latinoamericana de Ciencias Sociales, Universidad San Francisco de Quito, Universidad Central,
Universidad Andina Simón Bolívar, Universidad de Cuenca, así como de otras con menores
presupuestos o alejadas de la centralidad normativa de Quito, pero de amplia tradición en cuanto a
análisis sociales, así como contar entre su alumnado un porcentaje significativo de personas
indígenas.
1. Se realiza un análisis descriptivo de buena parte de la legislación vigente relacionada con el
objeto de estudio (Raigada, 2002).
2. Se establecen los sucesos partiendo de una línea de tiempo con la finalidad de evidenciar el
crecimiento exponencial de las revueltas, así como de la respuesta institucional a los acontecimientos
(Codina, 2006).
3. Se realiza una comprensión teórica del fenómeno en Ecuador con la finalidad de ser interpretada
y analizada esta información con entidad propia.
Se analizan las incoherencias desde un punto de vista sustantivo para así proceder a su interpretación
y construcción de los hechos.
4. Las limitaciones del trabajo parten de la dificultad de obtener información que compromete a
las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, así como al poder ejecutivo. Tal circunstancia no es
nueva. Toda democracia tiene una sala de máquinas más o menos eficiente la cual crea o bordea la
realidad en base a sus intereses (Payne, 2009). Los medios de comunicación cobran especial interés.
De acuerdo con Castells (2006) “La información y la comunicación siempre han sido vectores de
poderes dominantes, poderes alternativos, resistencias y cambios sociales. La influencia sobre la
mente de las personas, que la comunicación favorece, es un punto clave. Solamente al moldear el
pensamiento de los pueblos los poderes se constituyen como sociedades, y las sociedades
evolucionan, cambian”.
4. Análisis
El colapso social y político a nivel global no es casual y en América Latina no lo es menos. De
acuerdo con Bárcena (2020) secretaria ejecutiva de CEPAL al ser preguntada por la política industrial
y las causas de su maldición en Latinoamérica señaló:
Por el neoliberalismo puro y duro; por la escuela de Milton Friedman. El consenso de
Washington tuvo un gran impacto en países como Chile, y el resultado es una economía
desigual y nada diversa. En general, el modelo económico que se ha aplicado en América
Latina está agotado: es extractivista, concentra la riqueza en pocas manos y apenas tiene
innovación tecnológica. Nadie esen contra del mercado, pero debe estar al servicio de la
sociedad y no al revés. Tenemos que encontrar nuevas formas de crecer y para eso se
requieren políticas de Estado. No es el mercado el que nos va a llevar, por ejemplo, a más
innovación tecnológica.
Un reciente informe de Edelman Trust (2020) realizado a más de 34.000 personas en 28 países,
analizando desde democracias liberales occidentales como Estados Unidos y Francia, hasta las
basadas en modelos diferentes como China y Rusia llegaron a la conclusión con un 56% de acuerdo
de que el capitalismo tal y como lo conocemos, genera más perjuicios que beneficios en el mundo.
De acuerdo con Teodoro (Rivera, 2018) -Ministro de Exteriores en Chile-:
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38
El crecimiento económico por sólo no garantiza la paz social y la igualdad no se basa
sólo en lo económico sino más bien en la dignidad y el trato, lo que va a obligar al estado a
tener una relación distinta con sus ciudadanos. El tema de fondo es la dignidad y la
percepción de abusos por parte del estado y las grandes empresas.
En un ejercicio de falta de imparcialidad por parte del ejecutivo ecuatoriano y buena parte de su
oposición junto al relato de la criminalización de la protesta legítima e incluso de la desobediencia
civil como vértice en el cual pivota cualquier democracia avanzada, en este caso quedaron
(tra)vestidos de medidas de represión “necesarias”. El racismo y la xenofobia se apoderaron del
discurso oficial amplificado por los mass media al calor de intereses particulares. Cualquier medio, o
declaración discordante se tildó de antisistema, se convirtió en el enemigo a batir
9
. Con ello el
ejercicio de censura previa se normalizó en base a la “defensa de la democracia” como argumento
vehicular aspecto evidenciado como la clara contrafigura de lo que se promulga.
Según la Tabla 4, Declaración, se muestra una comunicación en Twitter el 21/01/2020 por parte
del Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi, MICCs militares contenciosos, el cual deja
patente su rechazo a la versión política del Gobierno de Ecuador durante el levantamiento de octubre
de 2019.
Tabla 4. Declaración
Fuente: elaboración propia a partir de tweet del autor
La desproporción fue manifiesta. De acuerdo con Carlos Poveda (2020), integrante del equipo
jurídico de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador
-CONAIE-, el papel de la Fiscalía es cuestionable al llevar a cabo abundantes investigaciones en
contra de los líderes indígenas, por supuestos sabotaje, terrorismo, secuestro; mientras que sobre los
asesinatos a los manifestantes no hay una sola. La maquinaria del lawfare es adonde trabaja a pleno
rendimiento, de hecho, la Fiscalía de Ecuador admitió cinco denuncias contra el líder de la CONAIE
mostrando una clara muestra de fuerza gubernamental situando en el vértice del derecho de
manifestación, desobediencia civil y resistencia pacífica a la guerra jurídica (Europapress, 2019).
De acuerdo con la Tabla 5, Lawfare, se muestra un resumen con las principales causas abiertas
contra los líderes indígenas D. Jaime Vargas, presidente de la Confederación de Nacionalidades
Indígenas del Ecuador -CONAIE- y D. Leónidas Iza, presidente del Movimiento Indígena y
Campesino de Cotopaxi. Causas, todas ellas aglutinadas en un corto espacio de tiempo además de
pivotar a su vez en base a posibles ilícitos que de manera extensiva obvian el verdadero eje transversal
9
Autoridades ecuatorianas suspenden las emisiones de radio Pichincha Universal, allanada por presunta
"incitación a la discordia", información elaborada por RT el 9/10/2019
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de lo acontecido: el legítimo derecho de manifestación. Derecho que de manera inexorable debe
ejercer como nexo causal del proceso administrativo y/o judicial trasladando con ello de manera
consustancial lo acontecido a una dimensión que nada tiene que ver con los delitos presuntamente
alegados a menos que se pretenda causar un daño añadido de imagen, reputacional, social, económico,
intimidación, etc. a los ya derivados del propio conflicto.
Tabla 5. Lawfare
Delito
Denunciante
Estado del proceso
Jaime Vargas
Odio
Carlos Coloma
Investigación, versión
Terrorismo
Alberto Dahik
10
Primer llamado versión
Secuestro
Policía Nacional-Ministerio de
Gobierno
Primer llamado versión
Instigación
Marcelo Hallo
Segundo llamado versión
Grupos subversivos
Fiscalía
Versión libre voluntaria
Leónidas Iza
Instigación
Marcello Hallo
Investigación previa
Secuestro
Policía Nacional
Investigación previa
Secuestro fiscaa Cotopaxi
Policía Nacional
Investigación previa
Secuestro
Policía Nacional
Investigación previa
Terrorismo
Alberto Dahik
Investigación previa
Sociedad Civil
27 procesados en el
"caso contraloría"
Fiscalía
Audiencia preparatoria.
Fiscalía no pudo demostrar supuesto delito de
terrorismo y reformuló cargos por sabotaje,
paralización de servicio público y destrucción
registros
Fuente: elaboración propia
Un decreto poco socializado, el uso de la fuerza pública de manera desproporcionada y el
desconocimiento total de la cultura y la diversidad de Ecuador por parte de buena parte de la sociedad
civil, así como de autoridades políticas y militares ecuatorianas contribuyeron a crear un caos y un
luto perpetuo difícil de olvidar con poca probabilidad de encaje democrático. Cabe recordar que las
autoridades indígenas en los cabildos, eligen a su máxima autoridad: el presidente de la CONAIE. La
unión de la CONFENIAE, confederación de nacionalidades indígenas de la Amazonía y la
Ecuarunari, tienen su propio proceder como así lo determinan los procesos de autodeterminación y
autogobierno, estas dicotomías son parte del predicamento que los legisladores no se han dado el
tiempo de analizar.
Los indígenas que se encontraban en el paro se hallaban asistidos por sus propios derechos
individuales y colectivos que son igual de valederos que el derecho ordinario. Ellos hicieron lo que
en su cabildo y asamblea consideraban justo, proporcional y necesario. Su caminar incansable desde
el frío inclemente de los ramos o desde el calor húmedo de la Amazonia hasta llegar a Quito es
10
Alberto Dahik, exvicepresidente conservador renunca su cargo y hu a Costa Rica a bordo de un avión
privado después de que las autoridades judiciales ordenaran su captura por presuntos usos indebidos de los
gastos reservados del Estado de Ecuador.
Nullius: Revista de pensamiento crítico en el ámbito del Derecho e-ISSN 2737-6125
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40
parte de su lucha, de su convicción. No es vandalismo, no es alterar el orden público, es un sistema
diferente de proceder que debe ser comprendido y puesto en consideración por parte de las
autoridades para llegar a un verdadero diálogo intercultural. Es una válvula de escape que, sin
justificar ningún ilícito, debe ser comprendido y evaluado con mesura desde la imparcialidad y la
coexistencia. Una parte de la sociedad queriendo doblegar a la otra en base a sus convicciones
legítimas, y una realidad, la indígena, dispuesta a perder su vida con tal de preservar su identidad,
trabajo y valores.
Mientras que el gobierno no sabía cómo proceder en cuanto a la agrupación masiva de los
indígenas por el decreto 883, la prensa satanizó el actuar de los pueblos indígenas sin comprender
cosas básicas como la diversidad y más en las cosmovisiones. De acuerdo con Valladares (1990):
Cuando un pueblo ha perdido la vigencia de su derecho tradicional, ha perdido también
una parte esencial de su identidad étnica, de su identidad como pueblo, aun cuando conserve
otras características no menos importantes para su identidad. En América Latina, los pueblos
indígenas de mayor vitalidad étnica son aquellos entre los cuales subsiste el derecho
consuetudinario propio (p. 9).
Lo ya mencionado se sustenta en el derecho internacional y en concreto en la Convención 169 de
la Organización Internacional del Trabajo, Art. 8, señalando que:
Al aplicar la legislación nacional a los pueblos indígenas, deberán tomarse debidamente
en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario, numeral 2, las autoridades y
los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las
costumbres de dichos pueblos en la materia.
Cabe señalar que, de las 1.192 personas aprehendidas en el paro, a muchas de ellos no se les siguió
un debido proceso además de desconocerles sus derechos a pesar de la existencia de una normativa
clara y taxativa al respecto Ecuador quedó con 1.340 heridos, 11 fallecidos (ver Tabla Nº3) en el
marco de la movilización (Defensoría del Pueblo de Ecuador, 2019a). Información que llega hasta la
frontera de los datos, obviando la responsabilidad del Estado ecuatoriano.
5. Conclusiones
La unilateralidad por parte del Gobierno del Ecuador en el establecimiento del Decreto 883 al no
contar con todos los agentes y demás realidades sociales, junto al establecimiento de medidas de
extrema gravedad como el estado de excepción, violentaron los derechos colectivos de pueblos,
nacionalidades indígenas y todo tipo de grupos sociales. Derechos ya garantizados y establecidos en
asamblea por cada cabildo y sobre todo por un derecho natural a la hora de expresarse y actuar con
carácter histórico por parte de la nacionalidad indígena.
La Policía de Ecuador, así como el resto de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado
comprometieron gravemente su código deontológico atendiendo claramente a intereses particulares
pervirtiendo con ello parte de sus obligaciones, así como la confianza de buena parte de la ciudadanía
en ellos. A pesar de eso, se produjeron sospechosos ascensos de miembros de la cúpula policial y
militar con responsabilidades directas en las actuaciones contra la población civil. En ocasiones,
actuaron ejerciendo fuerza desproporcionada contra los manifestantes en favor del poder del Estado
(que es quien les paga), y por tanto subvirtiendo el principio de neutralidad y proporcionalidad.
Aspecto amplificado por los mass media a su servicio, organizaciones y gobiernos ávidos de inversión
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instigadores de determinadas medidas económicas véase Fondo Monetario Internacional con
intereses alejados de los de buena parte de la ciudadanía. La práctica totalidad de lo acontecido en
octubre del 2019 quedó registrada en cámaras de aficionados, redes sociales, así como en la retina de
toda la ciudadanía a nivel global, a pesar del cerco mediático de los mass media.
El rechazo social, la desconfianza y la conflictividad social en la actualidad han aumentado. La
división en la sociedad ecuatoriana es palmaria desde octubre del 2019 teniendo presente que muchos
abusos quedarán impunes por ambas partes, aunque con desigual responsabilidad y secuelas. No es
lo mismo cometer actos vandálicos de manera localizada y extemporánea (todos ellos execrables y
condenables) que acusar de manera generalizada de terrorismo a determinados líderes indígenas y
perseguirlos jurídica y mediáticamente como así queda evidenciado. La persecución de otros líderes
de pensamiento, tertulianos y profesores de universidad contrarios a las tesis oficialistas son un hecho.
Las herramientas del estado para revertir estas situaciones son manejadas por las mismas personas
que las producen. A nivel global se reproduce la situación de inacción por parte de organismos como
la ONU cargados de sesgo político y servidumbre económica al albor de un mal reparto de
atribuciones tras la Segunda Guerra Mundial donde los países vencedores conformaron un derecho
de veto a la carta el cual hoy a se perpetúa en base a la extensión de los negocios de sus empresas
transnacionales y todo tipo de organizaciones a su servicio con capacidad de influir en cualquier
gobierno. En Ecuador, la retirada de aranceles y la subida del petróleo junto a viejas exigencias
previas de establecimiento de tratados de libre comercio e inversión (tribunales de arbitraje incluidos)
evidencian el dictado de lo acontecido en el Decreto Nº 883. Todas ellas medidas alineadas con los
países ‘vencedores’ y sus organismos irradiadores como Banco Mundial, Fondo Monetario
Internacional, Organización Mundial del Gobierno e incluso la Unión Europea, condicionando al
gobierno del Ecuador como último peón de su tablero de ajedrez, o nosotros o el abismo.
La CIDH ha reprendido al Estado ecuatoriano por actuar con total negligencia además de quedar
en evidencia lo ya escrito y desarrollado en las constituciones de 1998 y 2008 como son el pluralismo
jurídico y la plurinacionalidad. Ahora toca el proceso de venganza y escarmiento por parte de los
poderes públicos parapetados en el poder, circunstancia que no hará más que ahondar en la fractura
social ya existente en lugar de ejercer acciones propositivas por parte de todos los actores nacionales
e internacionales con algo que aportar en la resolución del conflicto. En definitiva, los estados han
quedado pequeños para las cosas grandes y grandes para las cosas pequeñas. En este caso, además,
los pilares democráticos a partir de los cuales se debe conformar el estado del bienestar en base a una
sociedad más justa, más ética y más solidaria han sido gravemente soliviantados derivándose de estos
actos consecuencias impredecibles.
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Contribución de los autores:
Autor
Contribución
Arturo Luque González
Coordinación de la publicación y se centró en la
introducción, abordaje del problema metodológico así
como el establecimiento de las primeras versiones de
resultados así como su adecuación al resto de autores y
Nullius: Revista de pensamiento crítico en el ámbito del Derecho e-ISSN 2737-6125
Publicación semestral. Edición continua. Año 2020, Vol. 1, No 1. pp. 18 - 45. (Enero-junio, 2020).
Facultad de Ciencias Humasticas y Sociales. Universidad Técnica de Manabí. Portoviejo, Ecuador 45
necesidades de la revista así como de los Sres. /as .
revisores.
Carlos Poveda
Aporto en los procesos de cosmovisión, división de
justicia, así como levantamiento de parte de los datos.
Juan Hernández Zubizarreta
Aportó en los temas de mercantilización de la justicia,
estructuración global del artículo en base a una
imbricación normativa parte del marco teórico, así como
una profunda revisión bibliográfica y discusiones
académicas