https://doi.org/10.33936/revistaderechos.v5i2.6909
Vol.5 Núm. 2 pp.38-52 julio-Diciembre 2024
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La pluralidad metodológica de la investigación jurídica y la
orientación dimensional de sus tipologías.
The methodological plurality of legal research and the dimensional
orientation of its typologies.
Juan Ramón Pérez Carrillo
1
,
1
Universidad San Gregorio de Portoviejo, Ecuador.
Citación de este artículo:
Pérez, J. (2024). La pluralidad metodológica de la investigación jurídica y la orientación dimensional de
sus tipologías. Nullius,5 (2), 38-52. https://doi.org/10.33936/revistaderechos.v5i2.6909
Recepción: 04 de julio de 2024 Aceptación: 15 de septiembre de 2024 Publicación: 04 de octubre de 2024
Resumen
El presente artículo de reflexión teórica analiza la pluralidad metodológica de la investigación
jurídica y la orientación dimensional de sus tipologías. La metodología empleada en esta
investigación se basa en un enfoque cualitativo orientado a la descripción, comprensión y
justificación de las tipologías, asumiendo la pluralidad metodológica como una perspectiva
holística en la investigación jurídica. Esta metodología incluye una revisión bibliográfica que
permite contextualizar las tipologías dentro del marco teórico existente, identificando y
analizando las contribuciones relevantes en el ámbito de la investigación jurídica. Los resultados
evidencian que la pluralidad metodológica se origina a partir de las diversas dimensiones del
Derecho, lo que conlleva la combinación de enfoques, técnicas y métodos tanto generales como
jurídicos. Esta integración metodológica permite una concepción holística del Derecho,
vinculada a las tipologías de investigación jurídica y fundamentada en las dimensiones
normativas, valorativas y axiológicas del Derecho, proporcionando así una visión
multidimensional y diversificada en torno a la estructura y comprensión del fenómeno jurídico.
Lo que permitió concluir, que asumir la pluralidad metodológica como perspectiva holística de
investigación jurídica, proporciona el abordaje de una manera más efectiva los desafíos actuales
del conocimiento jurídico, teniendo como directriz orientador la depuración metodológica y la
sistematización de las prácticas investigativas en las ciencias jurídicas.
Palabras clave: Convergencia metodológica, intersección metodológica,
pluralidad metodológica, tipologías de investigación jurídica.
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Pérez Juan. La pluralidad metodológica de la investigación jurídica y la
orientación dimensional de sus tipologías.
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Abstract
The present article of theoretical reflection analyzes the methodological plurality of legal
research and the dimensional orientation of its typologies. The methodology employed in this
research is based on a qualitative approach aimed at the description, understanding, and
justification of the typologies, adopting methodological plurality as a holistic perspective in legal
research. This methodology includes a literature review that contextualizes the typologies within
the existing theoretical framework, identifying and analyzing relevant contributions in the field
of legal research. The results show that methodological plurality originates from the various
dimensions of law, which entails the combination of both general and legal approaches,
techniques, and methods. This methodological integration allows for a holistic conception of law,
linked to the typologies of legal research and grounded in the normative, evaluative, and
axiological dimensions of law, thus providing a multidimensional and diversified view of the
structure and understanding of the legal phenomenon. This led to the conclusion that adopting
methodological plurality as a holistic perspective in legal research provides a more effective
approach to the current challenges of legal knowledge, guided by methodological refinement and
the systematization of investigative practices in legal sciences.
Keywords: Methodological convergence, methodological intersection,
methodological plurality, typologies of legal research.
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orientación dimensional de sus tipologías.
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Introducción
La investigación científica tiene un horizonte anclado en dos vertientes, por un lado, la
producción de nuevas teorías en razón de la llamada ciencia pura o básica, y por otro lado la
resolución de problemas prácticos por vía de la ciencia aplicada. En ese iter la investigación
jurídica tiene como propósito la generación de nuevos conocimientos, proporcionando
explicaciones científicas a los diversos procesos societales con implicaciones jurídicas. Además,
en el aporte desde una visión con carácter prospectivo, en la búsqueda hacia el desarrollo futuro
de los ordenamientos jurídicos y su integración social, con pretensión de anticipar los desafíos
que se enfrentan y promover propuestas de soluciones que favorezcan una relación armónica
entre el Derecho y las necesidades cambiantes de la sociedad.
La investigación jurídica según Fix-Zamudio, constituye un eje central en el desarrollo
de la ciencia jurídica, a partir de un rol de su desempeño crucial en el conocimiento, elaboración,
interpretación y aplicación de las normas jurídicas, el cual indica:
“la investigación jurídica la actividad intelectual que pretende descubrir las
soluciones jurídicas, adecuadas para los problemas que plantea la vida social de
nuestra época, cada vez más dinámica y cambiante, lo que implica también la
necesidad de profundizar en el análisis de dichos problemas, con el objeto de adecuar
el ordenamiento jurídico a dichas transformaciones sociales, aun cuando
formalmente parezca anticuado” (Fix-Zamudio, 1995, p. 416).
La creciente complejidad de las sociedades modernas, marcada por los avances
tecnológicos, la globalización y los desafíos emergentes de su contribución al desarrollo del
conocimiento jurídico y a la práctica del Derecho, traen consigo la necesidad de adoptar una
pluralidad metodológica en la investigación jurídica.
En razón al escenario descrito con anterioridad, la problemática jurídica que se aborda se
expresa en la interrogante: ¿Cuál es la expresión teórica de la pluralidad metodológica de la
investigación jurídica y la orientación dimensional de sus diferentes tipologías?, de manera que
el propósito de la investigación es analizar la pluralidad metodológica de la investigación jurídica
y la orientación dimensional de sus tipologías.
En ese sentido, en relación a las tareas específicas, para el abordaje de la problemática
planteada, fue necesario identificar las principales tipologías metodológicas utilizadas en la
investigación jurídica; describir la pluralidad metodológica de las tipologías metodológicas
utilizadas en la investigación jurídica; y contextualizar la concepción holística de la investigación
jurídica.
La investigación jurídica se erige como un pilar fundamental en el desarrollo y evolución
del Derecho como disciplina académica y práctica profesional. En un mundo caracterizado por
rápidos cambios sociales, tecnológicos y culturales, la capacidad de analizar, interpretar y adaptar
las normas jurídicas y las diversas tipologías de investigación jurídica no sólo es un ejercicio
académico, sino una necesidad para todos aquellos involucrados en la creación, interpretación y
aplicación del Derecho.
Según Bobbio (1988), existen dos perspectivas epistemológicas fundamentales para el
estudio del derecho cuando se convierte en objeto de investigación: la formal y la fáctica. La
perspectiva formal trata al derecho como un sistema de normas preestablecido (quid iuris, quid
ius), cuyo análisis se centra en su conservación y reproducción. En cambio, la perspectiva fáctica
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orientación dimensional de sus tipologías.
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considera al derecho como un conjunto dinámico de prescripciones que se ajustan y evolucionan
junto con las relaciones sociales, lo que exige al investigador una perspectiva interdisciplinaria
para interpretar de manera holística la institución o norma jurídica en su contexto más amplio.
Desde la tradicional investigación jurídico-dogmática, centrada en el análisis de las normas
jurídicas, hasta las orientaciones más recientes que incorporan perspectivas empíricas,
hermenéuticas y filosóficas, cada tipología ofrece diferentes herramientas, ancladas en
dimensiones propias para abordar los desafíos jurídicos actuales.
La investigación al describir estas tipologías proporciona a investigadores, estudiantes y
profesionistas del Derecho un marco comprensivo para entender y utilizar estas reflexiones
teóricas en los soportes metodológicos de las investigaciones que se presentan en los diferentes
formatos académicos. Por lo tanto, explorar cómo las diferentes tipologías de investigación
jurídica pueden complementarse y enriquecerse mutuamente es crucial para el futuro de las
ciencias jurídicas y su expresión metodológica.
El abordaje de la pluralidad Metodológica en la Investigación Jurídica y sus diversas
tipologías se realiza desde una perspectiva metodológica investigativa, que trasciende los saberes
jurídicos particulares, y no se limita a las disciplinas tradicionales del Derecho, sino que integra
herramientas y marcos conceptuales provenientes de distintas corrientes del pensamiento
científico y filosófico. Así, se busca no sólo un entendimiento profundo de las normativas y
doctrinas específicas, sino también una comprensión crítica y holística de los fenómenos
jurídicos en su contexto social, histórico, y cultural. Este abordaje multidimensional permite que
la investigación jurídica se enriquezca en su interacción con diversas metodologías que
convergen en la multidimensionalidad de su objeto de investigación.
Los saberes jurídicos son imprescindibles para la investigación jurídica, pero la
perspectiva de análisis es diferente, ambas son complementarias y necesarias para una
investigación jurídica holística. La metodología permite explorar y aplicar diferentes
perspectivas y orientaciones para el abordaje del objeto de investigación jurídica, mientras que
los saberes jurídicos proporcionan el contenido, el contexto necesario en su intermediación con
el objeto para interpretar los resultados de la investigación.
Metodología
La presente indagación sobre la pluralidad metodológica de la investigación jurídica y la
orientación dimensional de sus tipologías, enmarcada en un artículo científico de reflexión
teórica, se llevó a cabo bajo un enfoque cualitativo orientado a la descripción, comprensión y
justificación de las tipologías, que permite una exploración profunda y multifacética de la
pluralidad metodológica, asumiendo la misma como perspectiva holística de investigación
jurídica.
Para llevar a cabo esta investigación, se realiuna revisión bibliográfica centrada en la
identificación y análisis de las fuentes que abordan la Metodología de la Investigación Jurídica
y las tipologías de investigación, en dos vertientes. Por una parte. como criterio de inclusión,
fueron seleccionados autores y artículos cuyas publicaciones especializadas ofrecen un abordaje
integral en relación a la Metodología de la Investigación Jurídica, y en relación a las tipologías
de investigación jurídica. Estas fuentes fueron escogidas con base en criterios autorales que
resaltan la pluralidad metodológica, proporcionando una comprensión amplia y diversa sobre el
desarrollo de las investigaciones jurídicas.
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Par otra parte, como criterio de exclusión, se omitió la literatura metodológica que se
limita exclusivamente a la redacción y estructuración de trabajos de investigación. El objetivo
fue concentrarse en textos que ofrezcan aportaciones más profundas sobre la conceptualización
y aplicación de las metodologías jurídicas y las tipologías investigativas.
Los métodos de investigación empleados combinan la utilización de métodos generales,
y métodos jurídicos de investigación, como el método de análisis teórico jurídico, en el abordaje
de las tipologías metodológicas de la investigación jurídica, la comprensión de las teorías y los
conceptos jurídicos metodológicos.
Resultados y discusión
La investigación jurídica y su pluralidad metodológica.
El sustento de la investigación jurídica, en su concepción general, corre por cuenta de sus
bases filosóficas y epistemológicas, en lo particular, a los diferentes saberes o disciplinas
jurídicas y las diferentes corrientes de pensamiento que se verifican por medio de dichas
disciplinas.
La Metodología de la Investigación Jurídica, como área disciplinar anclada en una lógica
metodológica donde existen diferentes sub áreas metodológicas y epistemológicas, con un campo
disciplinar ubicado en el supuesto carácter científico del Derecho, aún sujeto a debate, interactúa
con diferentes niveles metodológicos, donde es posible identificar al menos tres de ellos, una
metodología general, otro particular en relación a las ciencias sociales, y otro en el ámbito de las
metodologías especiales, donde se ubica la Metodología de la Investigación Jurídica (Ibarra,
2000). Las dos primeras con herramientas metodológicas con contenidos, tales como, problema,
objetivo, hipótesis, paradigmas, método, enfoques, técnicas, revisión bibliográfica, estado del
arte, con una vigencia inexcusable en la investigación jurídica, y la tercera con contenidos propios
de las metodologías especiales, como son en este caso, método de investigación jurídica, objeto
de investigación jurídica, problema jurídico, tipologías de investigación jurídica.
En ese sentido, las metodologías especiales, donde se ubican aquellas que se desarrollan
sobre la base de las características propias de las diferentes áreas del conocimiento, con un objeto
de estudio propio y determinado que refuerza su carácter autónomo, y que su vez necesitan de
herramientas metodológicas específicas, de las que pueden ser ilustradas como botón de muestra,
Metodología de la Investigación en Comunicación, Metodología de la Investigación Educativa,
Metodología de la Investigación Histórica, Metodología de la Investigación Psicológica,
Metodología de la Investigación Jurídica.
A la Metodología Investigación Jurídica le es imputable la responsabilidad del abordaje
metodológico investigativo sobre el Derecho en sus diferentes vertientes o dimensiones, cuya
formulación y desarrollo se ubica en la década de 1960 por Miguel Reale, y publicada en 1968
en su teoría tridimensional del Derecho, que comprende las dimensiones normativas, axiológicas
y fácticas (Reale, 1975), cuestión que conlleva una pluralidad metodológica en las tipologías de
investigación jurídica, en tanto el carácter diverso y multifacético de la compresión de los
fenómenos jurídicos y expresión en conocimientos en el orden lógico formal, empírico jurídico
y hermenéutico filosófico. (Ninacondor, 2011)
En términos generales, la clasificación entorno a los tipos de investigación, es muy
variada, las cuales varían según la metodología y a las fuentes que serán utilizadas en el proceso
de investigación.(Silveira, 2021)
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De lo antes indicado, son perfectamente identificables diversas clasificaciones, directas o
de campo y documentales o indirectas, en relación a la fuente empleada en la búsqueda de datos,
según los métodos empleados y el tipo de resultados, investigaciones teóricas e investigaciones
empíricas. (Pavó, 2009)
En el ámbito de la investigación jurídica, el pliego abordado es en puridad diverso, por
una parte, Witker (2011) señala la existencia de herramientas conceptuales, sociales,
fundamentales e históricas, lo que permite clasificar los tipos de investigación jurídica en las
siguientes categorías: investigación dogtico-jurídica, socio-jurídica, filosófico-jurídica e
histórico-jurídica. Por otra, Tantaleán (2016) confirma similar criterio, pero a partir de la
conformación del Derecho cuatro grandes áreas, que dan lugar a las tipologías, como son: la parte
normativa, la parte social, la parte de fundamentos y la parte histórica.
De lo antes descrito, no es posible verificar una concepción coherente, armónica y
ajustada a la concepción metodología de la ciencia jurídica pues, en ellas se incluyen, tanto
tipologías propiamente consolidadas, como son las tipologías jurídico dogmáticas y
sociojurídicas, como la inclusión de tipologías histórico jurídicas, jurídico comparadas, jurídico
cualitativas, existiendo en ese sentido una falta evidente de depuración metodológica, pues es
posible puede apreciar, que se incluyen y mezclan tanto tipologías de investigación jurídica,
métodos de investigación jurídica, enfoques de investigación, entre otras, que son perfectamente
aplicables a las diferentes dimensiones del Derecho.
La falta de depuración metodológica exhaustiva en relación a las tipologías, no contribuye
al carácter autónomo de las investigaciones, en ese sentido, la utilidad sobre delimitación de las
tipologías es metodológica, con orientación a las formas que se utilizarán en el abordaje de las
diferentes dimensiones del Derecho, según indican Kunz y Cardinaux (2004): “abre varias
alternativas o estrategias de acción, cada una de ellas con diferentes reglas que siempre dejan la
posibilidad de innovación a quienes decidan utilizarlas”(p.13) con una implicación directa en la
selección de los métodos y técnicas de investigación, tanto propios como de la metodología en
general.
En ese sentido, las tipologías s relevantes en la investigación jurídica son aquellas que
tienen una implicación en la orientación de la investigación, los tipos de conocimiento jurídico,
el abordaje del problema jurídico y las posibles respuestas o soluciones que pueden derivarse de
dicha inmersión, siendo así, podemos identificar como tipologías de la investigación jurídica, las
siguientes: investigación jurídica dogmática, investigación sociojurídica o jurídica empírica,
investigación jurídica filosófica, investigación jurídica hermenéutica, investigación jurídica
mixta o híbrida.
En relación con lo señalado con anterioridad, la tipología de la investigación jurídica no
es una categoría metodológica que el investigador pueda seleccionar o modificar de manera
voluntaria, ya que no pertenece al ámbito de lo volitivo. Su rol se limita a ser identificada y
determinada en función de las características del objeto de estudio. La orientación tipológica, en
este sentido, está estrechamente vinculada con la naturaleza metodológica del objeto de
investigación y los tipos de conocimiento jurídico. Esta tipología se manifiesta directamente en
la formulación del problema jurídico y se proyecta hacia los objetivos específicos de la
investigación, así como en las preguntas que se pretenden responder a lo largo del proceso
investigativo.
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orientación dimensional de sus tipologías.
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En ese sentido, la pluralidad metodológica es definida por Laudan (1996) como:
Una perspectiva que sostiene que no existe un único método de investigación
que sea universalmente adecuado para todos los propósitos científicos. En cambio, se
aboga por el uso de múltiples métodos y enfoques, cada uno con sus propias fortalezas
y limitaciones, para abordar problemas complejos de manera más completa y efectiva.
(p. 57).
De tal forma que la aceptación y utilización de múltiples métodos de investigación para
abordar un fenómeno o problema es la manera más completa y enriquecedora, pues esta
perspectiva reconoce que no existe un único método que pueda captar toda la complejidad de un
fenómeno y, por lo tanto, aboga por la combinación de diferentes métodos para obtener una
comprensión más profunda y multidimensional.
La concepción de pluralidad metodológica según Layder (1993) se basa en la idea de que
la realidad social es compleja y multidimensional, lo que implica que ningún enfoque
metodológico único puede captar completamente todas las facetas de un fenómeno social.
Layder argumenta que cada perspectiva metodológica tiene fortalezas particulares que la
hacen más adecuada para explorar ciertas dimensiones de la realidad social que otras.
Por lo tanto, en contextos de investigación donde el objetivo es abordar un objeto de
estudio de manera comprensiva, es preferible utilizar un planteamiento multiestratégico. Este
enfoque combina diferentes métodos y perspectivas para captar las múltiples dimensiones del
fenómeno bajo estudio, permitiendo auna comprensión más rica y matizada de la realidad
social. La pluralidad metodológica, entonces, no sólo reconoce la diversidad y complejidad del
mundo social, sino que también propone una estrategia de investigación que refleja esa
complejidad al emplear múltiples enfoques para captar sus diferentes aspectos. (Layder, 1993)
Y su derivación a la investigación jurídica, conforme lo afirma Beltrán (2009):
Es la existencia de una diversidad metodológica exigida en una investigación
socio jurídico social que no quiera confinarse en una definición unidimensional de su
objeto; si a la complejidad del objeto corresponde necesariamente un planteamiento
epistemológico de pluralismo cognitivo, ello impone como correlato necesario un
pluralismo metodológico que permita acceder a la concreta dimensión del objeto a la
que en cada caso haya de hacerse frente. (p. 51)
La pluralidad metodológica y las tipologías de investigación jurídica derivan de la
orientación dimensional del objeto y permite una mayor riqueza y profundidad en el análisis y
comprensión del fenómeno jurídico. En ese sentido, se detallan algunas de las principales
tipologías en la investigación jurídica:
La tipología de investigación jurídica dogmática.
La investigación jurídica dogmática, es la tipología de investigación jurídica s
tradicional y a su vez eje cardinal de partida y regreso, pues en ella converge la dimensión
normativa del Derecho. Sobre ello Sarlo (2006), con referente de Calsamiglia (1986), nos indica:
“La dogmática jurídica es importante no sólo por ser el modelo tradicional de la ciencia jurídica,
y aun el más utilizado por los juristas, sino también porque es un modelo de investigación que
sólo pueden practicar los juristas”. (Sarlo, 1986, p.176).
En relación a la expresión dogmática jurídica es entendida en diversos sentidos, sobre ello
según Núñez, es posible identificar al menos unos seis diferentes significados, de los cuales con
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implicación en el orden metodológico investigativo identificamos las siguientes: La dogmática
como actividad propia de los estudiosos del derecho, la dogmática como el estudio del derecho
que parte de la práctica legal, la dogmática como las opiniones valorativas de los estudiosos del
derecho sobre las normas de derecho positivo (Núñez, 2014). Sobre ello se indica que la
dogmática jurídica se refiere al estudio y análisis de las normas jurídicas desde una perspectiva
sistemática y teórica, en la búsqueda de principios coherentes y estructurados, cuestión que es
ubicada dentro del ámbito metodológico, como una tipología jurídico dogmática con el objetivo
exclusivo para la determinación, diagnóstico y valoración de las deficiencias técnicas jurídicas
de las normas y sobre su validez, en el ámbito lege data o lege referenda (Courtis, 2006).
De lo abordado supra, puede generar la confusión sobre si la investigación jurídica
dogmática es la propia teoría del Derecho, pues ambas disciplinas implican el tratamiento de
conceptos y normas jurídicas, pero aunque están relacionadas, lo hacen desde perspectivas y
objetivos diferentes, en tanto que son disciplinas distintas tanto en el objetivo como en el ámbito
de estudio.
La dogmática jurídica, en el análisis y la sistematización de las normas jurídicas vigentes,
sin una consideración confrontativa en relación a su aplicación práctica con la realidad, con un
objetivo formalista y positivista, a contraste, de la teoría del Derecho, que examina los
fundamentos conceptuales y filosóficos del Derecho, abordando cuestiones más abstractas sobre
la naturaleza, función y propósito del Derecho desde diversas perspectivas filosóficas,
sociológicas e históricas.
En el ámbito jurídico, la dogmática encuentra su expresión en diversas disciplinas
normativas específicas, las cuales tienen el cometido de estudiar y sistematizar el conjunto de
normas y principios que rigen cada área disciplinar del Derecho. Algunas de las principales
disciplinas dogmáticas son: dogmática jurídico constitucional, dogmática jurídico contractual,
dogmática jurídico penal, dogmática jurídico procesal, dogmática jurídico administrativa,
dogmática jurídico laboral.
Cada una de estas disciplinas dogmáticas contribuye a una comprensión más profunda y
sistemática del Derecho, permitiendo a los profesionistas interpretar y aplicar las normas
jurídicas de manera coherente y fundamentada, siendo un punto de partida para otras tipologías
de investigación jurídica, en relación a la ciencia jurídica acumulada por medio de la dogmática
jurídica, expresadas en la construcción de categorías, conceptos y principios.
La tipología de investigación sociojurídica o jurídica empírica.
Las investigaciones en el ámbito del Derecho, no están constreñidas al contexto
dogmático, su dimensión social o fáctica las conduce por la orientación de las investigaciones
sociojurídicas, que centradas en el análisis del impacto y la efectividad del Derecho en la
sociedad, de la aplicación de las normas jurídicas. Esta investigaciones juegan rol es fundamental
para comprender las instituciones y prácticas jurídicas, ya que permite observar su
funcionamiento real, identificar tendencias y evaluar el impacto de los cambios legislativos.
Al respecto Anitua (2006) señala que: “conocer los hechos o situaciones de hecho
mediante una reconstrucción hipotética de la realidad es algo que está y siempre ha estado
aunque no se reconozcaen la mente del que planea crear, aplicar o criticar el derecho” .(p.
303)
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Esta tipología, conocida como investigación jurídica empírica, se diferencia de la
investigación jurídica tradicional o dogmática, la cual se centra en el análisis de las normas
jurídicas vigentes. La investigación sociojurídica o empírico-jurídica ha impulsado la
delimitación del estudio tanto de las prácticas jurídicas (law-ways) como de la vida de los grupos
sociales (folk-ways) (Witker, 2011). Este enfoque describe el Derecho no sólo como un conjunto
de normas abstractas, sino como un fenómeno dinámico y socialmente integrado, ofreciendo una
visión más completa y realista sobre el funcionamiento del sistema jurídico y su impacto en la
vida cotidiana.
Por otra parte, al ser una herramienta valiosa para la formulación de políticas, la
investigación sociojurídica contribuye significativamente al diagnóstico sobre la efectividad del
sistema jurídico, de lo cual se colige que su instrumentación es esencial para un análisis más
completo y efectivo del Derecho en general.
Con este propósito, se combinan en el proceso investigativo herramientas y técnicas
propias de las ciencias sociales, así como métodos empíricos, que permiten examinar de manera
rigurosa la realidad social y la aplicación del Derecho en contextos específicos. Esta integración
de enfoques facilita una comprensión más profunda de cómo las normas jurídicas interactúan con
las dinámicas sociales, considerando factores como la cultura, la economía y las estructuras de
poder que influyen en el comportamiento de los actores jurídicos. Además, el uso de técnicas de
recolección de datos, como entrevistas, encuestas y análisis de casos, permite obtener
información relevante y contextualizada, lo que enriquece el análisis y aporta una perspectiva
más amplia sobre el impacto del Derecho en la vida cotidiana. Así, se logra un estudio más
integral y reflexivo del fenómeno jurídico, destacando la importancia de la multidimensionalidad
en la investigación jurídica.
La tipología de investigación jurídica filosófica
La tipología de investigación jurídica filosófica, es una herramienta indispensable para la
comprensión profunda de los fundamentos, principios y conceptos del Derecho, se distingue por
aportar el análisis de carácter abstracto y conceptual que por lo general escapa a otras tipologías
de investigación jurídica, y que es a su vez confrontativo y crítico de las mismas. (Tantaleán,
2016)
Según indica Díaz (1998) los: “estudios filosófico-jurídicos tienen como tarea construir
y formular criterios racionales y más decisivos para la valoración y crítica del derecho positivo,
así como de las instituciones, conceptos y sistemas derivados de él”. (p. 172)
Esta es una tipología que no sólo enriquece el conocimiento teórico del Derecho, sino que
también tiene implicaciones en la práctica jurídica, pues analiza, cuestiona y desarrolla los
fundamentos y proporciona una base teórica sólida para la ciencia jurídica, a partir de una suerte
de conocimientos jurídicos pre-normativos, siendo estos los conocimientos y estudios en el
ámbito del Derecho que se desarrollan antes de la creación, formalización o implementación de
las diferentes modalidades de disposiciones jurídicas y los estándares jurídicos, como son la
costumbre y la jurisprudencia.
En ese sentido, está tipología de investigación jurídica, proporciona la base teórica y
filosófica sobre la cual se asienta la elaboración de las disposiciones jurídicas, con orientación
teleológica sobre aplicación de las mismas.
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Está tipología de investigaciones jurídicas, está encaminada a la indagación del Derecho
desde una perspectiva teórica y filosófica, y a proporcionar una base crítica y reflexiva para su
desarrollo y ulterior reforma, a la vez que asegura la coherencia de las normas jurídicas, en
relación a principios éticos y justos, y adecuadas para enfrentar los desafíos contemporáneos.
La tipología de investigación jurídica hermenéutica.
La hermenéutica jurídica, en términos meridianos, es la ciencia que desarrolla los
principios, tanto desde la doctrina como desde la jurisprudencia, que contribuyen con el intérprete
a entender y aplicar correctamente las normas jurídicas, es una disciplina esencial en las ciencias
jurídicas, su cometido está en enmarcado en la interpretación y comprensión de las normas
jurídicas, es a través de esta disciplina que es posible desentrañar su significado, bajo la
consideración de factores, tanto históricos, como políticos, sociales y culturales, que pueden
influir en su aplicación.
En ese sentido, la tipología de investigación jurídica de carácter hermenéutico, está
orientada al análisis de una vertiente jurídica que no encuentra asidero metodológico de forma
nítida en las demás tipologías, y cuya conjugación aporta una delimitación que complementa el
rol de la hermenéutica jurídica, promoviendo la integración de perspectivas interdisciplinarias en
el análisis jurídico.
La investigación jurídica hermenéutica tiene sus raíces en la filosofía hermenéutica, que
busca entender cómo los textos, incluidos los jurídicos, deben interpretarse en función de su
contexto histórico y cultural, según el criterio Betti (1981) : “Para comprender el derecho vigente
es necesario interpretar su evolución histórica. Cada norma jurídica es el producto de un proceso
histórico-cultural que debe ser comprendido para captar plenamente su significado.” (p. 78)
La razón fundamental de esta tipología investigativa, radica en la necesidad de interpretar
y comprender el Derecho en toda su complejidad, más allá de una mera aplicación literal de las
normas, cuestión que se justifica por varias razones, entre ellas, contribuye a mostrar la vía de
resolución de las ambigüedades y conflictos normativos, al proporcionar una comprensión
integral, enriquecida por un diálogo interdisciplinario y adaptable a la diversidad cultural y
jurídica.
La Corte Constitucional de Colombia, ofrece una definición sobre la hermenéutica
jurídica, sobre lo cual indica: “la entendemos como la actividad dirigida a encontrar la solución
al conflicto o al problema jurídico que se somete a estudio del intérprete”. (Sentencia C-820,
2006).
La investigación jurídica hermenéutica es una tipología indispensable en su rol orientador
de la interpretación y aplicación del Derecho, por medio de un proceso sistemático y riguroso,
esta tipología permite desentrañar el significado profundo de las disposiciones jurídicas,
contribuyendo a una aplicación contextualizada del mismo. En un escenario en constante
transformación, la hermenéutica jurídica ofrece una perspectiva dinámica y adaptable que es
esencial para la práctica jurídica contemporánea.
La tipología de investigación jurídica mixta o híbrida.
John Creswell es un autor clave en la investigación mixta, aunque su trabajo se centra en
ciencias sociales. Define la investigación mixta como la combinación de métodos cualitativos y
cuantitativos para explorar preguntas de investigación desde una perspectiva más completa y
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profunda, esta valoración puede adaptarse a la investigación jurídica, destacando la utilidad de
integrar métodos para obtener una visión más holística del fenómeno legal (Creswell, 2003).
La investigación jurídica mixta o híbrida, combina elementos propios de todas las
tipologías de investigación jurídica, ofreciendo cualitativamente superior sobre la investigación
jurídica, considerando no sólo las normas en sí, sino también los hechos sociales que las rodean
y los valores que las fundamentan, donde se acude a la presencia de un problema jurídico
investigativo de carácter multidimensional, cuya forma de abordaje requiere de elementos
dogmáticos, sociojurídicos, filosóficos y hermenéuticos, para ofrecer una comprensión más
completa, profunda, equilibrada y fiable del fenómeno jurídico.
Esta tipología busca superar las limitaciones inherentes al abordaje investigativo con una
orientación tipológica única, proporcionando una visión integral y plural del objeto de
investigación jurídica, donde existe una intersección metodológica con un nivel de amplitud,
profundidad e interconexión con las demás tipologías para enriquecer la comprensión y
aplicación del Derecho.
La relevancia radica en su capacidad para abordar problemas complejos y multifacéticos,
con una orientación poderosa y versátil en la investigación jurídica, en contextos donde se
requiere una instrumentación combinada en un ambiente jurídico multidimensional ofrece una
comprensión integral y detallada de los fenómenos jurídicos, donde la integración de datos y la
triangulación de fuentes permiten a los investigadores obtener resultados más válidos y
confiables, adaptándose a la complejidad de los problemas jurídicos contemporáneos.
La presencia de la tipología de investigación jurídica mixta o híbrida se determina a partir
de la existencia de factores relacionados con la naturaleza del problema jurídico que se está
investigando y la manera en que se aborda dicho problema, es decir por la necesidad de brindar
respuestas a una interrogante jurídica de una forma combinada, bajo el prisma convergente de
dos o más tipologías de investigación jurídica.
De lo indicado con anterioridad se colige que esta tipología implica un abordaje con una
elevada complejidad metodológica, por lo general implican estudios doctorales o proyectos de
investigación, donde la existencia de estudios con una apariencia jurídico dogmática está
acompañados necesariamente de construcciones filosóficos teóricas, análisis e interpretación de
datos provenientes de la realidad social y la pluralidad metodológica anclada a las diferentes
dimensiones del fenómeno jurídico.
Concepción holística de la investigación jurídica.
La concepción holística de la investigación jurídica implica asumir el estudio del Derecho
desde una perspectiva integradora y multidimensional, que reconoce la interconexión de diversos
factores y enfoques metodológicos, cuestión abordada por Jorge Witker (2008) con la
denominación de investigación jurídica integrativa.
Esta perspectiva va más allá de analizar las normas jurídicas de manera disciplinar, pues
implica la incorporación de aspectos históricos, sociales, políticos, económicos, filosóficos y
comparativos, que propicie una comprensión más profunda y matizada del fenómeno jurídico,
reconocimiento la interacción de las normas jurídicas, la evolución de de los sistemas jurídicos
y la influencia de diversas fuerzas en su configuración.
En ese sentido, Champeil-Desplats (2024) nos indica las dificultades epistemológicas de
las investigaciones pluridisciplinares en la ciencia jurídica, por cuanto a nuestro criterio es
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orientación dimensional de sus tipologías.
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necesario asumir el reto que implica la convergencia metodológica en la investigación jurídica
en un contexto amplio y multifacético implica integrar teorías y métodos diversos, considerar la
interdisciplinariedad, multidisciplinariedad y transdisciplinariedad, bajo la implicación de la
colaboración y combinación de conocimientos provenientes de distintas disciplinas,
proporcionando nuevas perspectivas y soluciones holísticas e innovadoras para abordar los
problemas contemporáneos complejos.
Bajo la perspectiva de la convergencia metodológica, es necesaria la integración y
combinación de diferentes enfoques, métodos y técnicas de investigación para abordar un
problema o una cuestión jurídica compleja en razón de la tipología de investigación jurídica
derivada de alguna o todas las vertientes o dimensiones del Derecho, en una intercepción
metodológica que puede implicar paradigmas, enfoques de la metodología de la investigación
científica y los diferentes modelos de ciencia jurídica; y que puede lograrse mediante
triangulación, métodos mixtos, interdisciplinariedad, análisis multinivel y enfoques secuenciales,
proporcionando una visión más completa y robusta del objeto de estudio.
Tabla 1: Matriz de análisis de la pluralidad metodológica en la investigación jurídica
Aspecto
Descripción
Ejemplo
Complejidad del
Derecho
Se refiere a la naturaleza
multifacética del fenómeno
jurídico, que involucra no
sólo normas y principios, sino
también cómo estas normas
interactúan con la realidad
social, con las prácticas
sociales, instituciones,
valores y factores históricos,
políticos y culturales.
Un ejemplo concreto de esta
complejidad en la teoría
constitucional proporciona un marco
para entender cómo las constituciones
organizan y limitan el poder del
Estado, protegen los derechos
fundamentales y guían el
funcionamiento del sistema político y
legal. Este campo abarca el estudio de
principios, interpretación, control de
constitucionalidad y reformas, y es
fundamental para el análisis de cómo
se aplican y evolucionan las normas
fundamentales en un sistema jurídico.
Fomento de la
Interdisciplinariedad,
multidisciplinariedad
y
transdisciplinariedad
Interdisciplinariedad: Se
refiere a la integración y
colaboración entre dos o más
disciplinas para abordar un
problema común.
Multidisciplinariedad: La
multidisciplinariedad se
refiere al uso de múltiples
disciplinas para abordar un
problema, pero sin
necesariamente integrar sus
enfoques o métodos.
Transdisciplinariedad: La
transdisciplinariedad va más
allá de la
interdisciplinariedad al
integrar no sólo disciplinas
académicas, sino también
conocimientos no académicos
Interdisciplinariedad: Un estudio
sobre el impacto de las normas
jurídicas laborales puede integrar el
Derecho laboral con la sociología
para entender no sólo las normas
legales, sino también cómo estas
afectan a la sociedad y cómo son
percibidas por los trabajadores.
Multidisciplinariedad: En un caso de
Derecho ambiental, un equipo puede
incluir expertos en Derecho, ecología,
economía, y ciencias políticas. Cada
experto analiza el problema desde su
propia disciplina, pero sin integrar sus
análisis en un marco común.
Transdisciplinariedad: Un proyecto
de investigación sobre justicia
restaurativa que no sólo combina
Derecho y Psicología, sino que
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(como el saber popular, las
experiencias de comunidades,
etc.).
también incorpora experiencias de
víctimas y delincuentes,
conocimientos culturales y prácticas
comunitarias para desarrollar nuevas
formas de resolución de conflictos.
Convergencia
metodológica
Se refiere a la integración
combinada de diferentes
enfoques, métodos, técnicas y
tipologías de investigación
jurídica para abordar un
problema jurídico desde una
perspectiva más completa y
coherente.
La convergencia metodológica en la
investigación jurídica en un estudio
sobre el derecho al olvido podría
combinar un análisis dogmático, un
estudio empírico sobre la percepción
y aplicación de este derecho por parte
de usuarios y plataformas, un análisis
comparado, y una evaluación
económica del impacto de su
implementación. Se ilustra cómo la
convergencia metodológica permite
abordar un problema jurídico desde
múltiples perspectivas, integrando
resultados de diferentes métodos en
un análisis coherente y completo.
Flexibilidad
metodológica
Adaptación a la capacidad
para adaptar y modificar los
enfoques, métodos, técnicas,
instrumentos según la
naturaleza del problema
jurídico investigado.
En una investigación sobre la
efectividad de las normas jurídicas
contra la discriminación laboral, la
flexibilidad metodológica podría
iniciar con un análisis dogmático,
pero luego, si los datos muestran
discrepancias significativas entre la
normativa y su aplicación, el
investigador podría decidir realizar un
estudio empírico mediante encuestas
a trabajadores y empleadores. Si los
resultados empíricos indican
diferencias en la aplicación de las
normativas en distintas regiones, se
podría agregar un análisis comparado
para entender las causas. Finalmente,
si los costos de cumplimiento se
identifican como un obstáculo, se
podría integrar un análisis económico
del Derecho.
Fuente: Elaboración propia
Conclusiones
La investigación jurídica se beneficia significativamente de la adopción de una pluralidad
metodológica, ya que la delimitación exacta de cada tipología aporta perspectivas particulares y
a la vez complementarias que enriquecen la comprensión holística del Derecho.
La elección de la orientación tipológica de carácter metodológico está anclada a la
vertiente o dimensión del objeto de investigación jurídica. Esta elección se fundamenta en los
tipos de conocimiento jurídico, cuya expresión directa se encuentra en el problema jurídico.
La tipología jurídica dogmática proporciona una base sólida de análisis normativo,
mientras que la tipología jurídico empírica, ofrece una perspectiva contextual de la realidad
social, en tanto la tipología jurídica filosófica, como la tipología jurídica hermenéutica, son
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orientación dimensional de sus tipologías.
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fundamentales por su capacidad para generar marcos teóricos y epistemológicos sólidos, que
permiten entender e interpretar la naturaleza del Derecho desde diferentes perspectivas. La
tipología jurídica mixta o brida, enmarcada en estudios críticos e interdisciplinarios fomenta
una reflexión crítica y una comprensión integral de los problemas jurídicos contemporáneos.
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Declaración de contribución a la autoría según CRediT
Juan Ramón Pérez Carrillo: Conceptualizaciones, Investigación, Análisis Formal, Redacción-Borrador
original, metodología, Redacción-Revisión y edición.