Nullius: Revista de pensamiento crítico en el ámbito del Derecho

e-ISSN 2737-6125
Antonio Salamanca Serrano
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delitos. Saben los pueblos que por eso los burgueses les odian, es un odio de clase, es un odio estructural
del sistema
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El iusmaterialismo insurgente de las grandes mayorías es del poder de una fuerza como servicio
y cuidado de la vida de todos y de la Naturaleza. El derecho de los oprimidos es un poder real. Pero el
poder tiene dos valencias: la fuerza (poder de vida) y la violencia (poder de muerte). El derecho de los
pobres es la fuerza del poder que se caracteriza por la humildad del servicio y el cuidado para la vida de
toda persona, de las comunidades y de la Naturaleza. Los pueblos, en pie, afrentan la violencia del poder
burgués prepotente, despótico, destructor y asesino. La violencia del poder es la esencia del contenido
del ‘derecho burgués’ que camaleónicamente usurpa el nombre cuando el que realmente le corresponde
es el de ‘contraderecho’.
El iusmaterialismo de los pueblos irrumpe como revolución. El derecho consuetudinario de los
pobres levanta su puño gritando: ¡Revolución! Afirma que su primer derecho realmente histórico es el
derecho a la revolución. El derecho a subvertir las condiciones y relaciones sociales injustas que impiden
la vida y el florecimiento de todos y la Naturaleza. Este es el derecho a la vida históricamente situado.
El derecho a la revolución es la madre de todos los demás derechos. Se planta en el comedor de las
metrópolis imperiales para echar a los mercaderes del templo, para escupir de la boca a los tibios que
han puesto precio a la vida; que pretenden comprar la Tierra, las nubes, los colores, nuestros dolores y
alegrías. Frente a las falsas ideologías del derecho sin corazón de la burguesía, el iusmaterialismo es la
esperanza jurídica de la Tierra
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Referencias
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Marx, K. (2007), Los debates de la Dieta Renana. (Barcelona: Gedisa).
Pontón, G. (2016), La lucha por la desigualdad: una historia del mundo occidental en el siglo
XVIII(Barcelona: Pasado y Presente).
Salamanca Serrano, A. (2003). Fundamentos de los derechos humanos. (Madrid: Nueva Utopía).
______ (2006). El derecho a la revolución: iusmaterialismo para una política crítica. San Luis Potosí:
Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.
——— (2008). Filosofía de la revolución: filosofía para el socialismo en el siglo XXI. San Luis Po-
tosí: Universidad
Autónoma de San Luis Potosí, Facultad de Derecho.
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Ver: A. Salamanca, Teoría Socialista del Derecho, 2 vols. (Quito: Editorial Jurídica del Ecuador, 2011); ID., Política de
la Revolución. Política para el Socialismo en el siglo XXI (México: UASLP, 2008); ID, Filosofía de la Revolución. Filoso-
fía para el Socialismo en el siglo XXI (México: UASLP, 2008).
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Ver: A. Salamanca, El Derecho a la Revolución (México: UASLP, 2006).