Nullius: Revista de pensamiento crítico en el ámbito del Derecho
e-ISSN 2737-6125
Antonio Salamanca Serrano
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verdaderos sujetos productores del derecho: derecho que nace del pueblo en México, derecho de las
calles y favelas en Brasil, derecho de los pies descalzos en China, etc. Producción de derecho sin
sacerdocios legistas mediadores y fabricadores de ídolos jurídicos. Los pueblos zapatistas en Chipas,
la policía comunitaria del Estado de Guerrero, el poder popular de pueblo Cherán, en Michoacán,
(México), son algunos entre millares de ejemplos. La insurgencia lo es frente al fetiche jurídico del
capital que tiene a los pueblos en servidumbre jurídica “voluntaria” por la enajenación. Este fetiche
despoja a las grandes mayorías, a las comunidades locales populares, como sujetos productores de
los derechos humanos y derechos de la Naturaleza. El despojo comienza con la enajenación de la
conciencia de que el pueblo es el verdadero sujeto productor del derecho y no una élite de sacerdotes
esotéricos. El nuevo cuerpo sacerdotal sacrosanto de mediadores jurídicos se llaman legisladores y
operadores jurídicos (abogados, asambleístas, jueces, fiscales). Ellos se reservan para sí la producción
del derecho. Los espacios de producción son los nuevos templos de este grupo sacerdotal: las asam-
bleas legislativas, juzgados y tribunales en lugar de las comunidades, las calles y las plazas. Su trabajo
‘jurídico’ consiste en positivar y aplicar. Esto no es sino acotar por escrito parte de la voluntad sa-
crosanta de quien manda y emitirla, haciendo creer, en el más sofisticado trampantojismo jurídico,
que con ponerla por escrito y pronunciarla produce lo que dice. Si la obediencia a la voluntad no se
cumple, para los pueblos se abrirán las puertas del infierno: la multa y la cárcel.
(iii) Los pueblos se levantan por los derechos humanos y derechos de la Naturaleza como satisfac-
tores jurídicos. Como acciones (praxis) con poderes reales de satisfacer necesidades/capacidades para
la vida y la reproducción de la vida, acotados autónomamente por la comunidad como bienes (bienes
jurídicos) y a los que se les dota de la fuerza tutelar de dicha comunidad. El levantamiento popular es
contra la expropiación del fetiche jurídico del capital que desmaterializa esta praxis normativa popu-
lar, con poder real de satisfacer los bienes jurídicos (el derecho subjetivo), y lo transmuta en norma.La
norma es el Verbo (la voluntad) del poder hecho letra, como nueva divinidad. Un levantamiento con-
tra el normativismo formalista que pretende aparecer como la esencia de la producción jurídica.
2° Reapropiación de la circulación jurídica de los derechos humanos
de los pueblos y derechos de la Naturaleza
(i) La insurgencia de los pueblos en la tercera década del siglo XXI es también por la reapropiación
de la circulación de los derechos de los pueblos y derechos de la Naturaleza. Los pueblos quieren que la
comunicación jurídica dentro del pueblo y entre pueblos sea de “derechos”. Esto es, que sea una comu-
nicación de praxis jurídicas normativas como poderes reales de satisfacción de bienes jurídicos, no solo
para la persona de forma individual sino que ese “valor jurídico de uso” personal sea también “valor
jurídico de uso universal” para otros. Los pueblos se enfrentan a que la norma entre en la circulación
jurídica envuelta mercantilmente como ley. Como un texto normativo que no es más que la expresión
escrita
cuando toca defender los intereses de la clase burguesa. Decía Marx en sus escritos sobre el robo de la
leña en los Debates de la Dieta Renana (1842) que el interés del derecho puede hablar mientras sea el
derecho del interés, sin embargo calla cuando se desafía este dogma sacrosanto .
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(ii) La insurgencia popular es por la reapropiación de los ordenamientos jurídicos de los pueblos y
del sistema jurídico internacional. Es la reapropiación de la “seguridad jurídica” nacional e internacional
como la seguridad que otorga la materialización de los bienes jurídicos protegidos con los poderes reales
de los derechos humanos de los pueblos y la Naturaleza. El derecho insurgente de los pueblos se levanta
contra ordenamientos jurídicos reducidos a un ropaje de normas impotentes para las vidas de las grandes
mayorías. Un levantamiento contra la verdadera inseguridad jurídica encubierta con una sobreabundan-
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K. Marx, Los debates de la Dieta Renana. (Barcelona: Gedisa, 2007).