Pluralismo Jurídico en la Constitución ecuatoriana
DOI:
https://doi.org/10.33936/revistaderechos.v4i1.5847Palabras clave:
sociedad compleja; monismo jurídico; pluralismo jurídico; producción del derecho; derecho indígena.Resumen
Desde mediados del siglo XX, el Derecho latinoamericano afronta la crisis del monismo jurídico, al tiempo que ha debido asumir los retos de un emergente pluralismo jurídico, sea multi o intercultural. La Constitución ecuatoriana del 2008 optó por reconocen no solo al Estado como productor de Derecho, sino también a las comunidades, los pueblos y las nacionalidades indígenas que habitan su territorio; esto lo hizo estableciendo un pluralismo jurídico que quiere colocar en igualdad jerárquica a la Justicia Ordinaria y a la Justicia Indígena. El presente trabajo se propone exponer los fundamentos y el modelo de pluralismo jurídico que plasma el texto constitucional ecuatoriano, así como los desafíos que surgen con la ruptura de moldes culturales y epistemológicos fuertemente arraigados, y la necesidad de resolver intereses implicados en la relación Estado y pueblos indígenas. Desde una perspectiva jurídico doctrinaria y un enfoque crítico del derecho, ponemos en evidencia como la convivencia de dos sistemas jurídicos de distinta tradición jurídica, se fundamenta en la voluntad de transformación de los distintos actores de la sociedad y la modificación de consensos que hagan posible la convivencia plural.
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